Gerencia Regional de Salud de Castilla y León
Castilla y León
Suministro e implantación de una plataforma de gestión del conocimiento de la formación especializada, docencia y comunicación para el ámbito sanitario de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
Resumen del contrato
Suministro e implantación de una plataforma de gestión del conocimiento de la formación especializada, docencia y comunicación para el ámbito sanitario de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
Criterios de Adjudicación
- 4.- Plataforma tecnológica4%
- 0.- Propuesta tecnológica35%
- 3.- Mejora transferencia tecnológica y funcional10%
- 2.- Ampliación de garantía20%
- 1.- Precio5%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera se acreditará, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de la fecha de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, por importe igual o superior a 675.000,00 €. Se acreditará mediante la presentación de la cuenta de pérdidas y ganancias en cualquiera de los tres últimos ejercicios contables aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, documentado mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar su libro de inventarios y cuentas legalizados por el Registro Mercantil. La elección del medio indicado en el artículo 87.1. a) de la LCSP para acreditar la solvencia económica, viene motivada porque el volumen anual de negocios, al que se hace referencia en dicho artículo y que se considera el más apropiado para el objeto de este contrato, presupone que el licitados dispone de la liquidez necesaria que pueda garantizar, desde el punto de vista económico, la ejecución del contrato; aspecto éste que no se presupone con el "patrimonio neto" al que se hace referencia en el apartado c) del citado artículo 87.1 de la LCSP. El resto de los medios a los que se hace referencia en el artículo 87 de la LCSP para acreditar la solvencia económica, o no son de aplicación por ser propios de otros tipos de contrato, o como ocurre con el medio indicado en el apartado 87.1 b), "seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales", es más apropiado para aquellos contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales de carácter intelectual.
- Capacidad de obrar
- Requisito
La solvencia técnica o profesional se acreditará, de conformidad al art. 89 de la ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, mediante una relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por un importe mínimo global de 315.000,00 € (sin IVA), en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se ha establecido un importe inferior al determinado en la ley con el fin de poder incrementar la concurrencia competitiva. La cesión de uso de licencias o trabajos efectuado se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se considera que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, si los tres primeros dígitos de los códigos de la CPV correspondientes a los suministros realizados coinciden con los tres primeros dígitos del código de la CPV indicado en el apartado 1 de esta memoria. La justificación del medio indicado en el artículo 89.3 del LCSP para acreditar la solvencia técnica o profesional, viene motivada por la necesidad de que los licitadores dispongan de la experiencia necesaria para la correcta ejecución del contrato, y para ello, el medio más adecuado de entre los especificados en el artículo 89 de la LCSP es éste.
- Favorecer la formación en el lugar de trabajo
La empresa adjudicataria del contrato deberá realizar las acciones formativas sobre seguridad y salud laboral dirigidas, al menos, al personal que participe en la ejecución del contrato. Se deberá impartir una acción formativa durante la vigencia del contrato y con una duración mínima de 5 horas.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (16)
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego Clausulas Adv Particulares.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFDEUC.xmlPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPliego de Prescripciones Tecnicas.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFResolucion anuncio formalizacion 003-2025.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF30 Resolucion de Adjudicacion Plataforma Formacion.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 48218000
- Expediente0000-009-1-2025-14432
- Publicado26 ene 2026

