Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero
Comunidad de Madrid
Contrato de servicios postales para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid).
Resumen del contrato
Contrato de servicios postales para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid).
Criterios de Adjudicación
- Vehículos de dos o cuatro ruedas a disposición del contrato en el municipio de Navalcarnero20%
- Red de oficinas de atención al público para la entrega de envíos20%
- Oferta economica45%
- Plan de Gestión15%
Requisitos y Solvencia
- Consideraciones de tipo social
Ver apartado 15 del Anexo I del PCAP
- Consideraciones de tipo medioambiental
Ver apartado 15 del Anexo I del PCAP
- Relación de principales suministros (OSR)
VER PUNTO D.2 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.2) Documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional, de conformidad con el Artículo 90.1.a de la LCSP y 11.4.b del RGLCAP: _El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años. _Requisitos mínimos de solvencia técnica o profesional: Los licitadores deberán acreditar en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, un importe anual acumulado igual o superior a 22.000,00 euros, en el año de mayor ejecución de los tres últimos ejercicios concluidos (70 por ciento de la anualidad media del contrato, IVA no incluido, de conformidad con el Artículo 90.1.a y 90.2 de la Ley). _Medio de acreditación: _Relación de los principales servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. _Certificados acreditativos de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; y cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. _A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Empresas de nueva creación: Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refieren las letras b), e), g) y h) del Artículo 90 de la LCSP, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 90.4 de la LCSP.
- Volumen anual de negocios
VER PUNTO D.1 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.1) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, de conformidad con el Artículo 87.1.a de la LCSP y 11.4.a del RGLCAP: _El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador. _Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera: _Respecto al volumen anual de negocios de los licitadores, se deberá acreditar, en uno de los tres últimos ejercicios concluidos, un volumen anual de negocio por un importe igual o superior a 47.000,00 euros (una vez y media el valor anual medio del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 87.3.a de la LCSP). _Medio de acreditación: _Declaración responsable del licitador indicando el volumen anual de negocios de los tres últimos ejercicios concluidos. _Cuentas anuales de los tres últimos ejercicios concluidos aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (Artículo 87.3.a LCSP y Artículo 11.4.a del RGLCAP).
- Requisito
VER PUNTO D.4 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP. d.4) CONCRECIÓN DE LAS CONDICIONES DE SOLVENCIA (de conformidad con el Artículo 76.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público): Los licitadores, además de la solvencia indicada anteriormente, y dadas las características del contrato, deberán dedicar o adscribir a la ejecución del mismo, al menos, los siguientes medios materiales: _Disposición de sistema que garantice la constancia de la entrega o imposibilidad de la misma para las notificaciones administrativas: _Aquellas empresas licitadoras que no sean el operador designado para la prestación de Servicio Postal Universal por la LSPU, en caso de ser adjudicatarias, deberán acreditar como requisito que disponen de un sistema que garantice la constancia de la entrega, recepción, rehúse o imposibilidad de entrega de las notificaciones administrativas, que en lo que se refiere a la prueba del rechazo o imposibilidad de la notificación, supla las ventajas que son inherentes a la “fehaciencia” con similares cotas de eficacia y mediante elementos de prueba ajenos a la documentación unilateral de la empresa o al testimonio de sus empleados. _Se acreditará con la presentación del certificado correspondiente. _Una oficina de atención al público: _Los licitadores deberán disponer de una oficina de atención al público y a pie de calle, cuya actividad principal sea la postal, con horario de apertura al público de, al menos, 8 horas diarias en horario de mañana y tarde, de lunes a viernes, en el municipio de Navalcarnero. _Se acreditará con la presentación de una declaración responsable firmada, indicando la dirección, horario de apertura, teléfono y correo electrónico, añadiendo un compromiso de mantenimiento de la oficina u otra similar durante toda la vigencia del contrato. El Ayuntamiento se reserva el derecho de realizar las pertinentes comprobaciones. _Dos vehículos en el municipio de Navalcarnero: _Los licitadores deberán disponer de dos vehículos de dos o cuatro ruedas en el municipio de Navalcarnero. _Se acreditará con la presentación de una declaración responsable firmada, indicando la marca, modelo y matrícula de los vehículos, añadiendo un compromiso de mantenimiento de los dos vehículos o similares durante toda la vigencia del contrato. El Ayuntamiento se reserva el derecho de realizar las pertinentes comprobaciones
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Documentación oficial adjunta (13)
- PDFPCAP-ANEXOS - 032SER25.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT-032SER25.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFCERT-032SER25- JGL ADJUDICACION.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFCertificado JGL - AdjudicacionPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFCertificado JGL Clasificacion y propuesta de adjudicaciónPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP - 032SER25.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 64110000
- Expediente032SER25
- Publicado04 mar 2026

