Diputada delegada de Presidencia, Gobierno Interior y Vivienda
Andalucía
Contrato privado de servicios especializados para las representaciones escénicas "Efecto Mariposa" en el marco del programa "Escuela de Ciudadanía Activa"
Resumen del contrato
Contrato privado de servicios especializados para las representaciones escénicas "Efecto Mariposa" en el marco del programa "Escuela de Ciudadanía Activa"
Criterios de Adjudicación
- Aumento número representaciones10%
- Oferta económica90%
Requisitos y Solvencia
- Consideraciones de tipo social
Según lo especificado en el apartado 2.3 del Anexo 2 del PCAP
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica o profesional se acreditará por el siguiente medio, previsto en el artículo 90.1 de la LCSP: A) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La relación de los servicios o trabajos realizados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector publico o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con trabajos realizados para la propia Diputación de Córdoba, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refieren los párrafos anteriores, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate para que el Servicio de Contratación pueda verificar la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo. Otros medios de prueba de la solvencia técnica o profesional: Cuando se trate de una empresa sea “de nueva creación”, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, de conformidad con lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, deberá acreditar la solvencia técnica o profesional mediante servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por el equipo humano adscrito a la ejecución del contrato, en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, que se acreditará mediante los mismos documentos y con las mismas condiciones previstos en el apartado anterior. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a los previstos en el apartado anterior.
- Patrimonio neto
La solvencia económica y financiera se acreditará por el medio previsto en el artículo 87.1 y 11. 4 del Reglamento de la LCSP que se señala a continuación: A) La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato, esto es, 38.778,00 €, así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción (cumplimentar Anexo nº7).En caso de resultar adjudicatario, el compromiso deberá hacerse efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 151 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (6)
- PDFDecreto adjudicacion 102_26.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO 7 compromiso seguro_102_25.docPliegos y anexos oficiales
- PDF02 PPTPsigned.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO 4_102_25.docPliegos y anexos oficiales
- PDF04 PCAP 102_2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO 6_102_25.docPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoNegociado sin publicidad
- TipoServicios
- CategoríaCPV 92310000
- Expediente102/26
- Publicado20 may 2026

