Asamblea Plenaria de la Mancomunidad Bajo Tiétar
Castilla y León
El objeto del contrato es la prestación del Servicio de Explotación de Tres Puntos Limpios y un Área de Aportación en la Mancomunidad de Municipios del Bajo Tiétar (Arenas de San Pedro, Candeleda, Santa Cruz del Valle y El Arenal).
Resumen del contrato
El objeto del contrato es la prestación del Servicio de Explotación de Tres Puntos Limpios y un Área de Aportación en la Mancomunidad de Municipios del Bajo Tiétar (Arenas de San Pedro, Candeleda, Santa Cruz del Valle y El Arenal).
Criterios de Adjudicación
- Mejoras Técnicas30%
- Precio ofertado70%
Requisitos y Solvencia
- Consideraciones de tipo social
Cumplir con la normativa medioambiental, laboral, o de otro tipo, que sea de aplicación a la actividad a realizar, siendo responsable en todo momento del cumplimiento de las disposiciones vigentes en relación con la seguridad laboral y prevención de riesgos laborales, debiendo disponer de los medios y equipos necesarios para la protección de sus operarios.
- Capacidad de obrar
- Relación de principales suministros (OSR)
Cláusula 13 PCAP. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Deberá aportarse certificaciones expedidas por las entidades adjudicadoras acreditativas de la contratación y su efectiva realización, que conjuntamente alcancen como mínimo un importe igual al 70% del valor estimado del contrato (397.861,73 euros). Ténganse en cuenta las excepciones para las empresas de nueva creación, consignadas en la Cláusulas 13 PCAP. Alternativamente, se admite como acreditación de la solvencia la Clasificación empresarial siguiente: Grupo R, subgrupo 5, categoría 3.
- Volumen anual de negocios
Cláusula 13 PCAP. Declaración acreditativa de la cifra anual de negocios acumulada, cuyo valor mínimo sea igual o superior al valor estimado del contrato (568.373,91 euros) considerando cualquiera de los tres últimos años concluidos, acompañando cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Alternativamente, se admite como acreditación de la solvencia la Clasificación empresarial siguiente: Grupo R, subgrupo 5, categoría 3.
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Documentación oficial adjunta (4)
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 90530000
- Expediente117/2024
- Publicado01 ago 2025

