Presidencia de la Diputación Provincial de Segovia
Castilla y León
Mejora de firme de la ctra. nº 87 de la carretera de La Salceda a Sanchopedro. Tramo: Carretera de La Salceda a Orejanilla (Kms. 0,000 al 4,320).
Resumen del contrato
Mejora de firme de la ctra. nº 87 de la carretera de La Salceda a Sanchopedro. Tramo: Carretera de La Salceda a Orejanilla (Kms. 0,000 al 4,320).
Criterios de Adjudicación
- Ampliación del plazo de garantía6%
- Oferta económica94%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades
- Requisito
Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del Órgano de Contratación. Como mínimo, el licitador pondrá a disposición del contrato un Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o Ingeniero Técnico de Obras Públicas como Jefe de Obra, y un Encargado de Obra, además del personal necesario para el manejo de la maquinaria.
- Relación de principales suministros (OSR)
La acreditación de la solvencia técnica y profesional se realizará mediante la presentación de una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco (5) últimos años, que deben corresponderse con obras que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, avalada por certificados de buena ejecución, por importe igual o superior al 70% del valor estimado del contrato. Los certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Al menos, debe haber realizado 2 obras similares conforme a dichos criterios.
- Capacidad de obrar
- Consideraciones de tipo medioambiental
De conformidad con lo establecido en la cláusula 43 del PCAP.
- Volumen anual de negocios
Según el artículo 77 de la Ley 9/2017 no es exigible clasificación por ser el valor estimado inferior a 500.000,00 €, si bien puede sustituirse la justificación de solvencia técnica y económica por la posesión de la clasificación: Grupo G, Subgrupo 4, categoría 2, o mediante los medios que se indican a continuación: - SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. Se aplicará lo especificado en el Art. 87 de la LCSP. Mediante la acreditación de un volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, que deberá ser equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato (art. 11.4 letra a) RGLCAP).
- Requisito
Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del Órgano de Contratación. Como mínimo, el licitador pondrá a disposición del contrato: a). - Disponibilidad de planta de fabricación de mezclas bituminosas. Será requisito indispensable la disponibilidad de Planta de Fabricación, así como Equipo de Extendido, en la medida que implica una mayor garantía en el cumplimiento de plazos y calidades en la realización de la obra. El ofertante acreditará mediante declaración fehaciente que la planta está instalada con autorización y se encuentra disponible durante toda la ejecución de la obra y que el equipo de extendido se encuentra disponible con la correspondiente maquinaria, durante toda la ejecución de la obra. La no disponibilidad de planta o la situación de la misma a una distancia de la obra superior a 120 kilómetros, será causa de exclusión. Esta limitación se deriva de la necesidad de evitar en enfriamiento excesivo de la mezcla bituminosa durante el transporte y adicionalmente disminuir la emisión de gases efecto invernadero a la atmósfera. b).- Disponibilidad de equipos de extendido. Se considera un equipo completo de extendido el formado por: 1. Extendedora con sistema de nivelación. 1. Compactadora de neumáticos de 7 ruedas. 1. Rodillo de llanta metálica, vibratorio y de peso mínimo 8 tn. 1. Cisterna de emulsión con rampa de riego de adherencia. 1. Fresadora o minifresadora. 1. Barredora. Personal para el manejo de toda la maquinaria. La no disponibilidad de equipo de extendido será causa de exclusión.
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Títulos académicos y profesionales
Declaración sobre personas con discapacidad
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (10)
- PDFPROYECTO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa apertura oferta, valoración crit. objetivos y propuesta de adjudicaciónPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO I ctra__ 87.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDECRETO ADJUDICACION.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- PDFCONTRATO MEJORA FIRME CTRA 87.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO II ctra__ 87.docxPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45233142
- Expediente12285/2025
- Publicado29 oct 2025

