Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia
Valencia/València
Obras de: Consolidación del Talud “EL CERRO” en el municipio de Jalance
Resumen del contrato
Obras de: Consolidación del Talud “EL CERRO” en el municipio de Jalance
Criterios de Adjudicación
- 1. Precio100%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- Volumen anual de negocios
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera, atendiendo a lo establecido en el artículo 87 de la LCSP, será el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos, y deberá ser igual o superior al valor estimado del contrato (75.246,92 €, IVA no incluido). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo reflejado en él y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se considera que la acreditación de la solvencia económica y financiera mediante este criterio permite establecer la capacidad económica del profesional, al asumir los riesgos generados por la actividad y, por lo tanto, garantizar al mismo tiempo una aptitud suficiente por parte de los potenciales licitadores interesados en el contrato y un acceso no restrictivo de la licitación. La solvencia se podrá acreditar de forma facultativa y alternativa en el Grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación del contrato:Grupo:A (Movimiento de tierras)Subgrupo:1(Desmontes y vaciados)Categoría:1 Grupo: K(especiales)Subgrupo:1(cimentaciones especiales)Categoría:1
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Parte a subcontratar
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante una relación de las obras ejecutadas por el licitador en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato, al ser inferior a un año su duración (52.672,84 €). Esta relación de obras ejecutadas por el licitador en el curso de los cinco últimos años deberá ir acompañada de los correspondientes certificados de buena ejecución. Se considera que la acreditación de la solvencia técnica o profesional mediante este criterio, de los contenidos en el artículo 88, permite que las pequeñas y medianas empresas hayan ejecutado obras por este importe puedan presentarse, al mismo tiempo que se garantiza una aptitud suficiente por parte de los potenciales licitadores interesados en el contrato y un acceso no restrictivo de la licitación. Conforme al artículo 88.2 de la LCSP, el criterio para acreditar la solvencia técnica o profesional cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, consistirá en aportar una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, así como declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras. Se considerará que la empresa de nueva creación tiene la solvencia técnica y profesional necesaria cuando cumpla los siguientes condicionantes: Plantilla media anual de la empresa igual o superior a 5 personas. La valoración de la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de la obra debe estar valorado en una cantidad igual o superior a los quince mil euros (15.000 €). La solvencia se podrá acreditar de forma facultativa y alternativa en el Grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación del contrato:Grupo:A (Movimiento de tierras)Subgrupo:1(Desmontes y vaciados)Categoría:1 Grupo: K(especiales)Subgrupo:1(cimentaciones especiales)Categoría:1
- Consideraciones de tipo medioambiental
Ver apartado W.1.1.
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Consideraciones de tipo social
Ver apartado W.1.2.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (10)
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- PDFcl 127 Contrato.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFProyecto.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFCERTIFICADO MESA 2025 09 25Pliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFCERTIFICADO MESA 2025 09 11 Y REQUERIMIENTOPliegos y anexos oficiales
- PDFInformación Correos FraudulentosPliegos y anexos oficiales
- PDFcl_127PCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFcl_12725MAM Decreto adjudicacion.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45111230
- Expediente127/25/MAM
- Publicado22 oct 2025

