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CAS

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

Castilla-La Mancha

Suministro de combustible para los vehículos del Parque Móvil del Ayuntamiento de Albacete. Expte. 43-2024

Resumen del contrato

Suministro de combustible para los vehículos del Parque Móvil del Ayuntamiento de Albacete. Expte. 43-2024

⚖️

Criterios de Adjudicación

  • 10.2.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) CRITERIO ECONOMICO: PRECIO
    95%
  • B) CRITERIOS CUALITATIVOS CON EVALUACIÓN AUTOMATICA. B.1. INCREMENTO EN EL HORARIO DEL SERVICIO
    2%
  • B) CRITERIOS CUALITATIVOS CON EVALUACIÓN AUTOMATICA. B.2. PUNTOS DE SUMINISTRO ADICIONALES.
    3%
📋

Requisitos y Solvencia

  • Volumen anual de negocios

    7. SOLVENCIA: 7.1. ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) ÚNICO CRITERIO. VOLUMEN DE NEGOCIOS: a) Criterio: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. b) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen anual de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, cuando su duración sea superior al año, como acontece en este caso, es decir, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: VALOR ANUAL MEDIO: 124.628,08 € SOLVENCIA REQUERIDA: 186.942,12 € c) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). d) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio y, siendo la cuantía proporcional la misma que el valor anual estimado del contrato. Ver página 57 del PCAP.

  • Muestras, descripciones y fotografías

    Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

  • Cumplimiento obligaciones Seg. Social

    Cumplimiento con las obligaciones tributarias

  • Capacidad de obrar
  • Requisito

    7.2. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: A) ÚNICO CRITERIO. EXPERIENCIA a) Criterio: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SUMINISTROS realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. b) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: VALOR ANUAL MEDIO 124.628,08 € SOLVENCIA REQUERIDA € 87.239,66 € c) Medio de acreditación: Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. d) En el artículo 89, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos o concreten los criterios y requisitos mínimos, la relación de los principales suministros efectuados en los tres últimos años, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio. Ver página 58 y 59 del PCAP.

  • No prohibición para contratar
  • Consideraciones de tipo medioambiental

    A) MEDIOAMBIENTALES: Minimización de impactos medioambientales. Con el objeto de minimizar impactos medioambientales, los trabajos, intercomunicaciones, informes y cualquier otro material que se utilice para la ejecución del contrato se realizará por medios electrónicos siempre que sea posible. Ver página 68 del PCAP.

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento obligaciones tributarias

    Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Descubre si esta licitación encaja contigo

Documentación oficial adjunta (26)

  • PDF
    Acuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
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    Acta del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
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    CONTRATO Exp 43 2024.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Actos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    PCAP_EXP_43-2024_.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Documento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Actos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
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    ANEXOSPliegos y anexos oficiales
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    PLIEGO_CONDICIONES_TECNICAS_.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    PCAPPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acta del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    PPTPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Actos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acta del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Memoria justificativaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    ANEXO IIPliegos y anexos oficiales
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    Informe sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidadPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acuerdo JGL 15-01-2026Pliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Actos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acta del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Informe de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Actos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    FORMULARIO DEUC XMLPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Informe sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidadPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Informe sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidadPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acta del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
Presupuesto Base (Sin IVA)
429.752 €
Plazo de presentación
Plazo finalizado
Hasta el 28 jul 2025
  • EstadoAbierta
  • ProcedimientoAbierto
  • TipoSuministros
  • CategoríaCPV 09132000
  • Expediente1294071X
  • Publicado24 feb 2026
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