Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santo Domingo de la calzada
La Rioja|Rioja
derribo de inmueble con conservación de fachada
Resumen del contrato
derribo de inmueble con conservación de fachada
Criterios de Adjudicación
- Plazo de garantía20%
- Oferta económica10%
- Oferta de operaciones previas20%
Requisitos y Solvencia
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Mundial del Trabajo
cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante: a) Una relación de las obras ejecutadas con el mismo objeto del contrato en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de correcta ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuara mediante la relación de los principales trabajos efectuados en los cinco últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. b) Al tratarse de un contrato de valor estimado inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica podrá acreditarse por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del artículo 88.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a) relativo a la ejecución de un número determinado de obras. c) La clasificación del empresario en el grupo o subgrupo de clasificación que en función del objeto del contrato corresponda, con la categoría de clasificación que por su valor anual medio corresponda, acreditará su solvencia económica y financiera y su solvencia técnica para contratar. A estos efectos, se determinan los siguientes grupos y subgrupos de clasificación: Grupo C Subgrupo 1 Categoría 1 (anterior b) – Edificaciones. Demoliciones. Grupo C Subgrupo 4 Categoría 1 (anterior b) – Edificaciones. Albañilería, revocos y revestidos.
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Volumen anual de negocios del licitador en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles que deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditaran su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. b) La clasificación del empresario en el grupo o subgrupo de clasificación que en función del objeto del contrato corresponda, con la categoría de clasificación que por su valor anual medio corresponda, acreditará su solvencia económica y financiera y su solvencia técnica para contratar. A estos efectos, se determinan los siguientes grupos y subgrupos de clasificación: Grupo C Subgrupo 1 Categoría 1 (anterior b) – Edificaciones. Demoliciones. Grupo C Subgrupo 4 Categoría 1 (anterior b) – Edificaciones. Albañilería, revocos y revestidos.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (10)
- PDFCondicionadoPatrimonio.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFFACHADAINTERIORDERRIBO.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPCAPyanexos.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDeclaraciondesierto.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFFACHADADERRIBO.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFAPEOSDERRIBO.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFMEMDERRIBOMAYOR 28.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45111100
- Expediente146/2026
- Publicado23 jun 2026

