Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete
Castilla-La Mancha
Contratación de la póliza de seguro colectivo de accidentes deportivos para los deportistas y técnicos participantes en los juegos deportivos organizados por el Instituto Municipal de Deportes de Albacete (IMDA)
Resumen del contrato
Contratación de la póliza de seguro colectivo de accidentes deportivos para los deportistas y técnicos participantes en los juegos deportivos organizados por el Instituto Municipal de Deportes de Albacete (IMDA)
Criterios de Adjudicación
- Oferta económica (hasta 100 puntos)100%
Requisitos y Solvencia
- Consideraciones de tipo medioambiental
Deberá evitarse el uso de papel. Las comunicaciones, informes, etc. se realizarán por medio de la plataforma de contratación o por la sede electrónica de este Ayuntamiento. Se realizará un informe anual relativo a las actuaciones que dan cumplimiento a esta condición.
- Volumen anual de negocios
VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato: Valor anual medio= 275.000,00 €. Cuantía Mínima Solvencia (1,5)= 412.500,00 € Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo).
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- Relación de principales suministros (OSR)
Criterio: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso: Valor anual medio= 275.000,00 €. Cuantía mínima solvencia (70%)= 192.500,00 € Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato realizados en el curso de los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos que se acreditarán mediante certificados expedidos a tal efecto. Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 90, apartado 2º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, la experiencia (relación de los principales servicios) por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio.
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos
Al implicar cesión de datos del Ayuntamiento de Albacete al contratista, aplica la obligación de cometerse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, conforme al RD-Ley 14/2019, 31 octubre y art. 211.1.f de la LCSP.
- No prohibición para contratar
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (20)
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP_EXP_108-2025.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidadPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAPPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO II - Documento explicativo DEUCPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT_EXP_108-2025.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF10-_ACUERDO_JGL_30-12-2025_CONTRATACION_-_SEFYCU_5769220.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXOSPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPPTPliegos y anexos oficiales
- PDFFORMULARIO DEUC XMLPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 66512100
- Expediente1474510F
- Publicado13 ene 2026

