Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Colmenar Viejo
Comunidad de Madrid
Servicio de actuación artística para una representación de la Orquesta Sinfónica Villa de Colmenar Viejo
Resumen del contrato
Servicio de actuación artística para una representación de la Orquesta Sinfónica Villa de Colmenar Viejo
Criterios de Adjudicación
- Oferta económica100%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
De acuerdo con lo establecido en el artículo 87.1 LCSP, el criterio para la acreditación será el de volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles por al menos un importe de 15.000 €. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que para cada caso se determinen reglamentariamente, de entre los siguientes: certificación bancaria, póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales, cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. No obstante, de conformidad con el artículo 11.5 del RGLCAP, salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros.
- Relación de principales suministros (OSR)
De acuerdo con lo establecido en el artículo 90.1 LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia será una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, por un importe mínimo en el mejor de los últimos tres años de al menos 15.000 €. No obstante, de conformidad con el artículo 11.5 del RGLCAP, salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros.
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Documentación oficial adjunta (0)
- EstadoAbierta
- ProcedimientoNegociado sin publicidad
- TipoServicios
- CategoríaCPV 92312100
- Expediente15146/2025
- Publicado23 dic 2025

