Presidencia de la Mancomunidad Intermunicipal Alto Palancia
Castellón/Castelló
El objeto del presente contrato es la prestación de un servicio de coordinación supramunicipal y público-privada para la creación, estructuración y dinamización del Club de Producto Ciclopeatonal SIPER Alto Palancia.
Resumen del contrato
El objeto del presente contrato es la prestación de un servicio de coordinación supramunicipal y público-privada para la creación, estructuración y dinamización del Club de Producto Ciclopeatonal SIPER Alto Palancia.
Criterios de Adjudicación
- Propuesta económica:76%
- Memoria de gestión24%
Requisitos y Solvencia
- Relación de principales suministros (OSR)
De conformidad con el artículo 90.1 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse mediante: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, indicando el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación de los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos que se encuentran en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para acreditar la solvencia se requiere que se haya celebrado y/o ejecutado contratos con el mismo contenido y de las mismas características que el que es objeto de licitación por un importe de, al menos, igual al valor estimado del presente contrato. Asimismo, los licitadores deberán acreditar que cuentan con los medios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato.
- Volumen anual de negocios
De conformidad con el artículo 87.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario o empresaria se efectuará mediante la aportación de los cuentas anuales y declaración del empresario o empresaria indicando el volumen de negocios global de la empresa. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo que en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario o empresaria.
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (5)
- PDF2 PCAP A3 COORD SUPRAM CLUB PROD CICLO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF1 PPTEC A3 COORD SUPRAM CLUB PROD CICLO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXOS COORD SUPRAM CLUB PROD CICLO.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 79421000
- Expediente1571/2025
- Publicado23 sept 2025

