Presidencia de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada
Comunidad de Madrid
Servicio de impresión de notificaciones y comunicaciones de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada y el Negociado de Sanciones de tráfico del Ayuntamiento de Fuenlabrada
Resumen del contrato
Servicio de impresión de notificaciones y comunicaciones de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada y el Negociado de Sanciones de tráfico del Ayuntamiento de Fuenlabrada
Criterios de Adjudicación
- Criterios cualitativos2%
- Oferta económica8%
Requisitos y Solvencia
- Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer
Eliminación de las desigualdades entre hombre y mujer favoreciendo la aplicación de medidas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo
- Consideraciones de tipo social
En caso de subcontratación, los pagos a los subcontratistas por el contratista principal se verificarán con sujeción al artículo 216 de la LCSP
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera se acreditará: Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica se acreditará: Con carácter general las empresas licitadoras deberán acreditar tener experiencia, habiendo ejecutado uno o varios contratos dentro de los 3 últimos años, de igual naturaleza a la descrita en el PPT. De estos tres años, la solvencia técnica se justificará en el año en que los servicios o trabajos sumen mayor volumen de negocios y este volumen anual deberá ser al menos el 70 por ciento del valor estimado, cuando su duración sea inferior a un año; o el 70 por ciento del valor anual medio, si su duración es superior a un año. En la relación se indicará el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
- Consideraciones de tipo medioambiental
El adjudicatario se compromete a eliminar el consumo de embalajes superfluos e innecesarios, así como, en la medida de lo posible, utilizar materiales reciclados en los elementos materiales suministrados
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos
Las obligaciones del contratista en materia de protección de datos personales se constituyen en condiciones especiales de ejecución que presten el carácter de obligaciones esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (21)
- PDF52b3d253-1481-40c0-a4e5-cda040ec104f.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF09c6cbd9-be1a-4923-a1d1-7c157d6858ec.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDF99- RESOLUCION ADJUDICACION NUMERADA.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme técnico de valoraciónPliegos y anexos oficiales
- PDFPRÓRROGA DE CONTRATOPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP_SERVICIOS_RECURSO_PAS_26052022-report.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFSOBRE AMERICANO ANVERSO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFdfed7f41-2501-4756-bb3d-696c541ebec8.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF4911d1cb-1e06-4fe8-a343-9c858b323a84.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF7c5e9f64-e93c-4d5b-8a2d-ef7cf021555e.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFSEGUNDA PRORROGA CONTRATOPliegos y anexos oficiales
- PDF02-_PLIEGO_DE_CONDICIONES_TECNICAS_PARA_NUEVO_08_04_2022 13_47_00.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFimagen para el reverso sobre americano.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos ó de apertura de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDF41cdb79b-bd49-4cb9-a6c1-2bdfb3ffa2ac.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF5567cbd4-43e5-4d12-9f05-0e1c8ae3cb8f.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFSOBRE C5.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 79823000
- Expediente2022/000532
- Publicado05 nov 2025

