Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada
Comunidad de Madrid
atención psicológica infantil a menores victimas de violencia de género
Resumen del contrato
atención psicológica infantil a menores victimas de violencia de género
Criterios de Adjudicación
- OFERTA ECONÓMICA40%
- Criterios cualitativos60%
Requisitos y Solvencia
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos
Todas las obligaciones del contratista en materia de protección de datos personales se constituyen en condiciones especiales de ejecución que presten el carácter de obligaciones esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados, efectuados en los tres últimos años anteriores, de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato; en los que, al menos dos, individualmente y por separado o conjuntamente, habrán de tener un importe anual medio (IVA no incluido) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o del valor estimado del contrato (en caso de que el contrato sea por un año). la anualidad media del contrato se calculará dividiendo el precio total por el número de meses del plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos servicios o trabajos efectuados se acreditarán: Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o bien dichos certificados podrán ser comunicados directamente al Órgano de Contratación por la entidad contratante de los servicios. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la entidad empresarial acompañado de los documentos obrantes en poder de la misma que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al Órgano de Contratación por la autoridad competente. Cuando la entidad licitadora sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP 9/2017, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
- Consideraciones de tipo social
En caso de subcontratación, los pagos a los subcontratistas por el contratista principal se verificarán con sujeción al artículo 216 de la LCSP
- Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer
Usar en toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del contrato un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género. Durante la ejecución del contrato
- Volumen anual de negocios
Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior o igual a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior o igual a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá ha
- Requisito
SOLVENCIA TÉCNICA ESPECÍFICA: Para la ejecución del servicio, además es necesario el requerimiento de un perfil profesional que garantice los conocimientos, capacidades, experiencia y destrezas para desarrollar adecuadamente las prestaciones del mismo, debiendo la entidad licitadora presentar los documentos acreditativos siguientes respecto al profesional que prestaría el servicio: -Estar en posesión del título de Grado en Psicología, o estudios equivalentes. -Haber recibido o impartido al menos 100 horas de formación especializada en materia de violencia de género. -Poseer una experiencia profesional mínima de 1 año como Psicólogo/a Infantil en un recurso especializado en atención a menores víctimas de violencia de género. -Aportar Certificado de delitos de naturaleza sexual
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Documentación oficial adjunta (15)
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPRORROGA2 CONTRATOPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDF6- Certificados JGL 230915.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPRÓRROGA CONTRATOPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFProrroga2 ContratoPliegos y anexos oficiales
- PDFCuadro de ofertas económicasPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFSERVICIOS ABIERTO 835 ATENCION PSICOLOGICA.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDF2ª PRÓRROGA CONTRATOPliegos y anexos oficiales
- PDFPRÓRROGA2 CONTRATOPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT expte 2023 SVA 000835.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de valoraciónPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 85121270
- Expediente2023/SVA/000835
- Publicado09 oct 2025

