Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada
Comunidad de Madrid
Suministro de gas natural en distintas instalaciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus OOAA (CIFE, PMD Y PMC)
Resumen del contrato
Suministro de gas natural en distintas instalaciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus OOAA (CIFE, PMD Y PMC)
Criterios de Adjudicación
- Oferta económica100%
Requisitos y Solvencia
- Relación de principales suministros (OSR)
La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales suministros públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato; en los que uno, o dos conjuntamente, habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 50 por ciento de la anualidad media del contrato (si el contrato es superior a una año) o de su valor estimado (en caso de que el contrato no sea superior a un año). La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos suministros o trabajos efectuados se acreditarán, si el destinatario es una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, o bien dichos certificados podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios. Los servicios en el caso de sujeto privado se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. En los contratos de servicios sujetos a regulación armonizada no será aplicable este apartado.
- Volumen anual de negocios
Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos el 50% del valor estimado del contrato, cuando su duración no sea superior a un año; y al menos el 50% del valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante, será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
- Requisito
Las empresas habrán de estar inscritas en el listado de comercializadores de Gas Natural de la CNMC. Atendiendo a lo indicado en el art. 80 de la Ley de Hidrocarburos, modificado por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, estableciendo en su apartado 2 que: -2. La Comisión Nacional de Energía publicará en su página web (https://www.cnmc.es/ambitos-de-actuacion/energia/mercado-gas) un listado de los comercializadores de gas natural que incluirá aquellas sociedades que hayan comunicado a la Administración competencia en el ejercicio de esta actividad.- Certificado del cumplimiento de las Normas UNE EN ISO 9001 y 14001 o equivalentes. Declaración responsable de inscripción en Sección 2 del Registro de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Directos en Mercado oficial del Estado. Estar en el listado de Comercializadoras de gas natural emitido por la CNMC.
- Consideraciones de tipo medioambiental
Compromiso medioambiental de la empresa, fomentando el uso de energías renovables, así como la reducción de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero de la empresa. Se incluye también obligación de que los bienes o servicios objeto del contrato, hayan sido producidos respetando las normas medioambientales vigentes en España y en la Unión Europea.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (12)
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDF2 PRORROGA CONTRATOPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme técnico de valoraciónPliegos y anexos oficiales
- PDFNOTIFICACION 2 PRORROGA CONTRATOPliegos y anexos oficiales
- PDF2023SVA001665PCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPRÓRROGA DE CONTRATOPliegos y anexos oficiales
- PDFLiquidación de contrato y devolución de garantíaPliegos y anexos oficiales
- PDF23 2 Certif JGL ADJUDICACION 2023SVA001665.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPPT suministro gas natural.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 09123000
- Expediente2023/SVA/001665
- Publicado27 nov 2025

