Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra
Galicia
Contrato de suministro en modalidad de arrendamiento para el almacenamiento de fichero y bloque, y respaldo del fichero municipal
Resumen del contrato
Contrato de suministro en modalidad de arrendamiento para el almacenamiento de fichero y bloque, y respaldo del fichero municipal
Criterios de Adjudicación
- Mejora de la capacidad en cabina de bloque8%
- Oferta económica65%
- Mejora de la conectividad en cabina de fichero12%
- Planificación de la instalación y puesta en producción15%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
Según lo establecido en el artículo 87.3.a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, siendo este valor anual medio resultante: 55.800,00 € (sin IVA). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica-profesional del empresario deberá acreditarse, conforme al artículo 89 de la LCSP, por el siguiente medio: Aportando la relación de los principales suministros o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, siendo este 70%: 26.040,00 € (sin IVA). El criterio para la acreditación de la solvencia técnica de empresas de nueva creación entendiéndose por tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, de conformidad con el art. 89.1 b) de la LCSP, podrá ser asimismo mediante la indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Deberá disponerse de al menos de un Analista de red y sistemas con titulación mínima de grado o equivalente en Ingeniería informática o de Telecomunicaciones.
- Capacidad de obrar
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (11)
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFRESOL.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT ficheiro.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP subministro de ficheiro.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme técnicoPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFinforme técnico 2Pliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 48800000
- Expediente2024/ABSUB/000006
- Publicado20 ago 2025

