Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
Comunidad de Madrid|Madrid
Contratación del servicio de reconocimientos ginecológicos y urológicos para los empleados público del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional para el ejercicio 2024. Prórroga 2
Resumen del contrato
Contratación del servicio de reconocimientos ginecológicos y urológicos para los empleados público del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional para el ejercicio 2024. Prórroga 2
Criterios de Adjudicación
- Oferta reconocimiento urológico24%
- Experiencia clínica de los doctores/as que se adscribirán a la ejecución del contrato5%
- Gestión de cita previa directa por medios informáticos (vía e-mail) entre los beneficiarios y el servicio médico de citas del adjudicatario6%
- Oferta mamografía de mama8%
- Número de visitas al centro médico para realización de todas las pruebas (incluida primera visita)15%
- Entrega de los resultados del reconocimiento médico a los interesados en plazo inferior al establecido (20 días laborales desde la realización del reconocimiento):10%
- Plazo de espera desde la petición de cita a la atención en consulta15%
- Oferta reconocimiento ginecológico12%
- Oferta ecografía de mama5%
Requisitos y Solvencia
- Plantilla mínima (empleados)
Según punto I.4. del cuadro anexo al PCAP
- Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles por importe mínimo de 90.000 €
- Capacidad de obrar
- Relación de principales suministros (OSR)
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos 3 años (máximo tres años) que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe mínimo anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado será de 50.000 euros, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, para lo cual se tomará como referencia los tres primeros dígitos del código CPV. Los certificados de buena ejecución de los servicios incluidos en la relación cuyo destinatario fue una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios.
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Documentación oficial adjunta (1)
- PDF2 Resolucion Prorroga.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 85121210
- Expediente202450PA0094 Prórroga 2
- Publicado14 jul 2026

