Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra
Galicia
Renovación de las instalaciones de iluminación pública del centro urbano (zona norte)
Resumen del contrato
Renovación de las instalaciones de iluminación pública del centro urbano (zona norte)
Criterios de Adjudicación
- Oferta económica25%
- Calidad en la planificación y organización de la obra10%
- Ampliación del plazo de garantía5%
- Aspectos sociales1%
- Integración de los nuevos equipos8%
- Estudio lumínico21%
- Calidad del sistema de telegestión4%
- Aspectos medioambientales1%
- Calidad de los cuadros y aparamenta5%
- Calidad de las luminarias20%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
Según lo establecido en el art. 88.3 de la LCSP, la solvencia técnica se acreditará mediante: a) Realización de obras ejecutadas en los últimos cinco años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. b) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Se exige contar con un jefe de obra con la titulación exigida para ese fin en este pliego y un encargado que también cumpla con los mínimos exigidos para ese fin en este pliego.
- Capacidad de obrar
- Volumen anual de negocios
Según lo establecido en el artículo 87.3.a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor esti - mado del contrato, al ser su duración no superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscri - to. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mer - cantil.
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Documentación oficial adjunta (13)
- PDFRESOL.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFModelos 03 04 05 criterios evaluables mediante fórmulasPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFModelos documentos criterios evaluables mediante juicio de valorPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFModelo 02 criterios evalubles mediante fórmulasPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFInforme técnicoPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP NORTE.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme técnico 2Pliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoObras
- CategoríaCPV 45310000
- Expediente2025/ABO/000005
- Publicado25 feb 2026

