Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra
Galicia
Creación de zona de juegos y reforma paisajística en la Praza das Regas
Resumen del contrato
Creación de zona de juegos y reforma paisajística en la Praza das Regas
Criterios de Adjudicación
- Aumento del plazo de garantía6%
- Plan de previsión de labores de mantenimiento15%
- Por el uso de materiales de construcción sostenibles.9%
- Diseño de la solución adoptada10%
- Oferta económica de mejoras5%
- Por renovación del CERTIFICADO DE ÁREA (o equivalente)10%
- Oferta económica45%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
Según lo establecido en el artículo 87.3.a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor esti - mado del contrato, por ser su duración no superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscri - to. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mer - cantil. No obstante, también se considerará acreditada la solvencia económica si la empresa acredita la siguiente clasificación de empresas contratistas de servicios: Grupo: G Subgrupo: 6 Categoría: 2
- Relación de principales suministros (OSR)
Según lo establecido en el art. 88.3 de la LCSP, la solvencia técnica se acreditará mediante la relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del con - trato. La solvencia técnica o profesional se considera acreditada con la clasificación contractual propuesta, G.6.2. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará de la siguiente manera: a) Títulos académicos y profesionales de los técnicos responsables de la ejecución de la obra, y b) Encargado o capataz de obra, cuya función sea la coordinación de los trabajadores, equipos propios y subcontratados, con una experiencia mínima de 5 años en obras similares, y que tenga formación básica de prevención de seguridad y salud para ser nombrado como recurso preventivo en la obra, en relación a las actividades objeto del contrato.
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (13)
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP As Regas.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo melloras praza das Regas.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFppt as regas.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFinforme técnico 2Pliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFRESO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme técnicoPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45112711
- Expediente2025/ABSO/000008
- Publicado06 nov 2025

