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Contrato de servicio de comisariado cultural y programación cinematográfica especializada para la organización y desarrollo de la Muestra de Cine LGTBI+ “Mislata Pantalla Diversa”, promovida por el Ayuntamiento de Mislata.
Resumen del contrato
Contrato de servicio de comisariado cultural y programación cinematográfica especializada para la organización y desarrollo de la Muestra de Cine LGTBI+ “Mislata Pantalla Diversa”, promovida por el Ayuntamiento de Mislata.
Criterios de Adjudicación
- Criterio de tipo cualitativo, consistente en el compromiso de mantener reuniones de coordinación quincenales5%
- Calidad de la solución técnica propuesta (proyecto de ejecución).40%
- Titulación de postgrado especializada del personal a adscribir a la ejecución del contrato.5%
- Mayor rebaja del precio50%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera de los licitadores podrá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios, conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la LCSP, y el artículo 11 del RGLCAP, a saber: a) Volumen anual de negocios: Se exigirá que el volumen anual de negocios del licitador, referido al ejercicio de mayor volumen dentro de los tres últimos años concluidos, sea igual o superior a 41.878,58 euros (IVA excluido). Esta cifra corresponde a una vez y media la anualidad media del contrato, en aplicación del criterio recogido en el artículo 87.3.a) de la LCSP, dado que el contrato tiene una duración superior a un año. El volumen anual de negocios se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el licitador estuviera inscrito en dicho registro, o en el registro oficial correspondiente si no lo estuviera. En el caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, se admitirá la presentación de sus libros de inventarios y cuentas anuales debidamente legalizados. b) Seguro de indemnización por riesgos profesionales: Alternativamente, se podrá acreditar la solvencia económica y financiera mediante la acreditación de estar en posesión de un seguro de indemnización por riesgos profesionales que cubra, como mínimo, las condiciones exigidas en la cláusula 35ª del presente pliego.
- Capacidad de obrar
- Requisito
La solvencia técnica o profesional se acreditará exclusivamente mediante los medios previstos en los artículos 76.2 y 90.1.e) y h) de la LCSP.En concreto, dicha solvencia se acreditará a través de los siguientes extremos: Titulación académica del o de la responsable designado/a por la empresa contratista para la ejecución efectiva del contrato, que deberá corresponderse con la exigida en el segundo párrafo del apartado 5.3 del pliego de prescripciones técnicas particulares. Experiencia profesional del o de la responsable designado/a por la empresa contratista para la ejecución efectiva del contrato, en los distintos ámbitos previstos en el apartado 5.3 del pliego de prescripciones técnicas particulares. A estos efectos, la solvencia técnica se vincula exclusivamente a la cualificación y experiencia del personal que el licitador se compromete a adscribir a la ejecución del contrato, sin exigirse la acreditación de la ejecución previa de un número determinado de servicios por parte del propio licitador.En consecuencia, la acreditación de la solvencia podrá realizarse tanto por operadores económicos que hayan ejecutado previamente contratos de similar naturaleza como por aquellos que, aun no disponiendo de experiencia propia previa, cuenten con personal que reúna los requisitos de titulación y experiencia exigidos. Asimismo, en el caso de personas físicas, la solvencia podrá acreditarse mediante la adscripción de personal cualificado que cumpla dichas condiciones.En atención a la naturaleza intelectual del contrato y a la configuración de la solvencia en torno a la cualificación y experiencia del personal adscrito a su ejecución, no resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 90.4 de la LCSP, en la medida en que, a sensu contrario, la acreditación de la solvencia se articula exclusivamente a través de los medios expresamente previstos en los apartados e) y h) del artículo 90.1.
- Consideraciones de tipo medioambiental
- Consideraciones de tipo social
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Documentación oficial adjunta (7)
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP 26SE03.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT 26SE03.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFRESOLUCION ADJUDICACION CONTRATO.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 79952100
- Expediente26-SE-03
- Publicado20 may 2026

