Alcaldía del Ayuntamiento de Ubrique
Andalucía
Contrato de seguro de responsabilidad civil patrimonial del Ayuntamiento de Ubrique 2026
Resumen del contrato
Contrato de seguro de responsabilidad civil patrimonial del Ayuntamiento de Ubrique 2026
Criterios de Adjudicación
- Aumento de los límites de indemnización por anualidad de seguro12%
- Proposición económica40%
- Inclusión de la garantía de responsabilidad civil y patrimonial derivada de la protección de datos de carácter personal (Ley Orgánica 3/2018)5%
- Aumento de los límites de indemnización general por siniestro12%
- Aumento de los sublímites por víctima10%
- Reducción de franquicia general15%
- Reducción de franquicia para la garantía de responsabilidad civil por perjuicios patrimoniales puros6%
Requisitos y Solvencia
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Relación de principales suministros (OSR)
De acuerdo con lo establecido en los artículos 90 y 91 de la LCSP, la SOLVENCIA TÉCNICA deberá acreditarse por la Relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, y cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (por cada uno de lotes). Se acreditarán los mencionados servicios realizados mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; y cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Asimismo, los licitadores deberán acreditar que se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, compromiso que se integrará en el contrato.
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Volumen anual de negocios
De acuerdo con lo establecido en el artículo 87 LCSP, la SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA deberá acreditarse por el Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio, dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe máximo de una vez y media del valor del contrato por cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo será de 27.000,00€.
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (10)
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFFormalizacion del Contrato.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO III.docPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO II.docPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO I.docPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO IV DEUC.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDECRETO 2026-0320.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 66500000
- Expediente2631/2025
- Publicado29 ene 2026

