Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria
Castilla y León
Servicio de consultoría para la asistencia técnica de proyectos destinados a la ayuda y cooperación a regiones o países en vías de desarrollo
Resumen del contrato
Servicio de consultoría para la asistencia técnica de proyectos destinados a la ayuda y cooperación a regiones o países en vías de desarrollo
Criterios de Adjudicación
- Al precio más bajo75%
- Proyecto de desarrollo del servicio25%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Requisito
La solvencia técnica o profesional: La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse, mediante una declaración del equipo técnico del que se dispondrá para la prestación del servicio, debiendo contar al menos con una persona, con formación universitaria de post-grado en evaluación de Políticas y Proyectos Públicos o con master universitario relacionado con el tercer sector, género o desarrollo. Asimismo, deberá contar con experiencia de al menos 3 años en evaluación de proyectos de desarrollo y/o cooperación técnica y con buen nivel de inglés y francés. Para acreditar la solvencia deberá aportar los títulos académicos o profesionales acreditativos de la formación exigida, así como currículum vitae que refleje que posee la experiencia necesaria con indicación de los proyectos de desarrollo y/o cooperación técnica en que haya intervenido y el nivel de inglés y francés. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia de los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
- Capacidad de obrar
- Requisito
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse mediante: - El volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles por importe igual o superior a 9.000 € y referido al objeto del contrato. La acreditación de este requisito se efectuará mediante declaración del empresario indicando el volumen de negocio del mejor ejercicio dentro de los tres últimos y la presentación de cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviese inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados, si procede, por el Registro Mercantil.
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Documentación oficial adjunta (4)
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPPT CONSULTORIA PAISES VIAS DESARROLLO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP ASISTENCIA TECNICA CONSULTORIA.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 79411000
- Expediente3258/2025
- Publicado26 feb 2026

