Gerencia del Consejo Insular de Aguas de La Gomera
Canarias
Suministro de combustible de automoción para los vehículos y maquinaria del Consejo Insular de Aguas de La Gomera
Resumen del contrato
Suministro de combustible de automoción para los vehículos y maquinaria del Consejo Insular de Aguas de La Gomera
Lotes (2)
Suministro de gasóleo de automoción: gasóleo A
12.186 €Suministro de Gasolina de automoción de 95 y 98 octanos
866 €
Criterios de Adjudicación
- Mejor Oferta Económica100%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Requisito
De acuerdo con el artículo 159.6.b) de la LCSP, en el procedimiento de adjudicación simplificado sumario se eximirá a los licitadores de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante lo anterior, la empresa adjudicataria deberá estar en su caso inscrita en los Registros exigidos legalmente por los trabajos concretos a realizar. De conformidad con lo establecido en el artículo 159.4, letra a, de la LCSP, solo podrán concurrir a la licitación de este contrato las empresas inscritas, en la fecha final de presentación de ofertas, en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. No obstante, y de acuerdo con la Disposición Final Vigésima Novena de la Ley 22/2021 de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (BOE nº 132 de 29 de diciembre de 2021) también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas. La acreditación de esta circunstancia tendrá lugar mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. Si se formulara propuesta de adjudicación a su favor, y en ese momento todavía no hubiera sido resuelta su inscripción, se podrá acudir a la acreditación de los requisitos de aptitud para contratar con carácter general que establece la LCSP. En los casos en que a la licitación se presenten entidades empresariales extranjeras de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se podrá realizar bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de operadores económicos autorizados de un Estado miembro, bien mediante la aportación de la documentación acreditativa de los citados extremos.
- Requisito
De acuerdo con el artículo 159.6.b) de la LCSP, en el procedimiento de adjudicación simplificado sumario se eximirá a los licitadores de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante lo anterior, la empresa adjudicataria deberá estar en su caso inscrita en los Registros exigidos legalmente por los trabajos concretos a realizar. De conformidad con lo establecido en el artículo 159.4, letra a, de la LCSP, solo podrán concurrir a la licitación de este contrato las empresas inscritas, en la fecha final de presentación de ofertas, en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. No obstante, y de acuerdo con la Disposición Final Vigésima Novena de la Ley 22/2021 de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (BOE nº 132 de 29 de diciembre de 2021) también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas. La acreditación de esta circunstancia tendrá lugar mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. Si se formulara propuesta de adjudicación a su favor, y en ese momento todavía no hubiera sido resuelta su inscripción, se podrá acudir a la acreditación de los requisitos de aptitud para contratar con carácter general que establece la LCSP. En los casos en que a la licitación se presenten entidades empresariales extranjeras de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se podrá realizar bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de operadores económicos autorizados de un Estado miembro, bien mediante la aportación de la documentación acreditativa de los citados extremos.
- Capacidad de obrar
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (5)
- PDF4 PCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDECRETO GERENCIA 2026-0242.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFDECRETO GERENCIA 2026-0242.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF3 PPT.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 09132000
- Expediente40/2026-SUM
- Publicado25 may 2026

