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CAN

Junta Rectora del Patronato Municipal de Cultura y Deporte de Noja

Cantabria

El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de SOCORRISMO en la piscina en el Centro de Ocio Playa Dorada del Patronato Municipal de Cultura y Deporte de Noja (PMCD) lo que implica: Salvamento acuático, socorrismo y primeros auxilios: Labores de vigilancia y socorrismo de los/as bañistas que se encuentren en todo el recinto de la piscina .

Resumen del contrato

El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de SOCORRISMO en la piscina en el Centro de Ocio Playa Dorada del Patronato Municipal de Cultura y Deporte de Noja (PMCD) lo que implica: Salvamento acuático, socorrismo y primeros auxilios: Labores de vigilancia y socorrismo de los/as bañistas que se encuentren en todo el recinto de la piscina .

⚖️

Criterios de Adjudicación

  • Oferta económica
    45%
  • Proyecto Técnico/memoria de explotación del servicio
    45%
  • Compromiso de ejecución de un Plan de Formación
    10%
📋

Requisitos y Solvencia

  • Plantilla mínima (empleados)

    La empresa adjudicataria deberá disponer del personal debidamente formado y con la habilitación profesional requerida para llevar a cabo las prestaciones descritas en el contrato. Y deberá suscribir el pertinente compromiso de adscribir al presente contrato todos los medios personales y materiales necesarios para su correcta ejecución. Todo el personal adscrito a la ejecucion del contrato tendrá titulación específica de Socorrista además del Curso de desfibrilador automático debidamente actualizado y conforme a la normativa técnico sanitaria resultante de aplicación en las piscinas de Cantabria. Estos medios personales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Estos compromisos se integrarán teniendo el carácter de obligación esencial. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este servicio. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta Administración. Su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades de acuerdo con lo dispuesto en el presente pliego.

  • Relación de principales suministros (OSR)

    a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; La relación de trabajos deberá acompañarse de certificados o informes de buena ejecución.

  • Volumen anual de negocios

    - Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato, esto es, 197.904,00 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (Nota: por volumen anual de negocio debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil). Podrá acreditarse también mediante la aportación del modelo 390 del IVA. En caso de que el licitador sea persona física no obligada a llevar contabilidad mercantil, podrá acreditar el volumen anual de negocios mediante la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiente al ejercicio fiscal anterior, en la que consten los rendimientos de actividades económicas, o bien mediante certificado de la Agencia Tributaria que acredite dichos rendimientos. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el presente contrato, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 LCSP, podrán recurrir a las capacidades ajenas a la unión temporal.

  • Experiencia mínima (años)

    a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La relación de trabajos deberá acompañarse de certificados o informes de buena ejecución. a)los licitadores deberán presentar, en todo caso, al menos, una actuación, acreditada mediante un certificado de buena ejecución, de trabajos de igual o similar naturaleza al objeto del presente contrato. Se entenderá por “contratos similares” aquellos que coincidan en los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV, o cuyas prestaciones sean coincidentes al menos en un 50% a las que son objeto de esta contratación, y su importe total de ejecución no sea inferior a un 70% del importe anual del que es objeto de licitación (55.860 €). Para empresas de nueva creación: En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

  • Capacidad de obrar

Descubre si esta licitación encaja contigo

Documentación oficial adjunta (7)

  • PDF
    EXP 45 CERTIFICADO ADJUDICACION.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    PCAPSOCORRISMO.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Memoria justificativaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    EXP 45 CERTIFICADO ADJUDICACION.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    5 Exp 452025 PPT.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Informe de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
Presupuesto Base (Sin IVA)
65.968 €
Plazo de presentación
Plazo finalizado
Hasta el 08 jul 2025
  • EstadoAbierta
  • ProcedimientoAbierto
  • TipoServicios
  • CategoríaCPV 63725000
  • Expediente45/2025
  • Publicado21 oct 2025
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