Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria
Castilla y León|Castilla y Leon
Prestación del servicio de atención domiciliaria en la modalidad de ayuda a domicilio en el Municipio de Soria
Resumen del contrato
Prestación del servicio de atención domiciliaria en la modalidad de ayuda a domicilio en el Municipio de Soria
Criterios de Adjudicación
- Mejoras9%
- Memoria51%
- Al precio más bajo40%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Requisito
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse según lo establecido en el artículo 87.1 a) LCSP mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual exigido será por importe igual o superior a 2.600.000 euros. Este requisito se acreditará por medio de sus cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Requisito
la solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse según lo establecido en el artículo 90.1 a) LCSP mediante una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos, realizados en los últimos tres años, cuyo importe igual o acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.600.000 euros. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza se atenderá a la coincidencia de los dos primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Las empresas licitadoras deberán estar en posesión de la acreditación que para las empresas proveedoras de servicios determina la legislación vigente en materia de atención a las personas en situación de dependencia. (ORDEN FAM/219/2017, de 20 de marzo, por la que se regula la acreditación del Servicio de Ayuda a Domicilio en Castilla y León). La entidad adjudicataria deberá estar inscrita en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Carácter Social de Castilla y León.
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (2)
- PDFPPT SAD.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP AYUDA A DOMICILIO.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 85310000
- Expediente4600/2026
- Publicado20 ago 2026

