Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria
Canarias
Adaptación de Sala de Tratamiento existente para nuevo acelerador lineal en el Hospital Universitario Ntra. Sra. de Candelaria.
Resumen del contrato
Adaptación de Sala de Tratamiento existente para nuevo acelerador lineal en el Hospital Universitario Ntra. Sra. de Candelaria.
Criterios de Adjudicación
- Uso de materiales de construcción que incluyan etiquetas Tipo I para identificar el impacto en el medioambiente10%
- Ampliación del periodo de garantía para instalaciones.20%
- Menor Precio30%
- Mayor importe en ejecución/nº de obras40%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los siguientes medios: a. Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato. El volumen de negocios mínimo anual no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, esto es por un importe de trescientos sesenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro euros con treinta y tres céntimos (365.434,33 €), tomando como referencia el presupuesto de licitación sin IGIC. b. Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a trescientos sesenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro euros con treinta y tres céntimos (365.434,33 €). En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario
- Consideraciones de tipo social
Presencia permanente de un delegado o jefe de obra durante la ejecución de los trabajos que sea el interlocutor con la propiedad.
- Consideraciones de tipo medioambiental
Se remite a la cláusula 28 del PCAP
- Capacidad de obrar
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica o profesional se acreditará por uno o varios de los siguientes medios: Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su solvencia técnica, a través de los medios de justificación que, al amparo del artículo 88 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se reseña a continuación: a) Relación de las obras similares ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avaladas por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Se entenderá justificado este requisito si el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución es igual o superior a doscientos cincuenta y cinco mil ochocientos cuatro euros con tres céntimos, tomando como referencia el 70% del presupuesto de licitación sin IGIC, (255.804,03€). b) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Este requisito se entenderá acreditado siempre que tenga adscrito al menos uno de los siguientes técnicos: - Un Ingeniero industrial, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o Arquitecto. - Un arquitecto técnico o aparejador. - Un Ingeniero técnico de obras públicas o ingeniero técnico industrial. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.
- No prohibición para contratar
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (8)
- PDFAviso sobre visita 26 septiembrePliegos y anexos oficiales
- PDF1 Res_N786 Adj_INV0001-1_Inf fe.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT INV0001 v.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFProyecto formato bc3Pliegos y anexos oficiales
- PDF22056 Proyecto Radioterapia Tenerife.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP v.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme TécnicoPliegos y anexos oficiales
- PDFContrato formalizado ambas partes_INV0001-1.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45215140
- Expediente55/M/22/OB/AM084/GE/T/INV0001-1
- Publicado29 jun 2026

