Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria
Canarias
Suministro de sensor adhesivo SPO2 cerebral adulto con cesión en uso de monitor de oximetría cerebral somática para el Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria en función de las necesidades (Disposición Adicional 33 LCSP)
Resumen del contrato
Suministro de sensor adhesivo SPO2 cerebral adulto con cesión en uso de monitor de oximetría cerebral somática para el Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria en función de las necesidades (Disposición Adicional 33 LCSP)
Criterios de Adjudicación
- 1.6 Posibilidad de conectar módulos NIRS a los monitores existentes en el hospital (Minray, Dräger y GE)5%
- 1.3 Posibilidad de conexión con el sistema de información clínica del hospital5%
- 1.5 Posibilidad de determinación de forma manuaL y automática de linea base sobre la que referenciar los cambios en el paciente de la rSO2 (r-regional)10%
- 1.4 Posibilidad de utilizar 4 canales para medición de oxigenación regional a nivel cerebral y somático simultaneamente5%
- 1.2. Tiempo mínimo de reposición de sensores y monitores10%
- 1.1. Mejor oferta económica60%
- 1.7 Guía lumínica en cables para la conexión de los sensores5%
Requisitos y Solvencia
- Capacidad de obrar
- Consideraciones de tipo medioambiental
Vienen recogidas en la cláusula 25.4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
- Volumen anual de negocios
a)Medios para acreditar la solvencia: Volumen de negocios anual de negocios del licitador o candidato en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, y en el caso de contratos de duración superior a un año, deberá ser al menos, igual o superior, a ciento noventa y tres mil novecientos ochenta y siete euros con veinte céntimos ( 193.987,20 €), es decir, tomando como referencia una vez y media el valor anual medio del contrato del contrato. En el caso de empresas cuyo período de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la cifra de negocios del período de actividades de la empresa, que deberá ser igual o superior, en todo caso, a la cuantía referida anteriormente, por año o fracción de año acreditado. b) Concreción de los requisitos: Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro mercantil y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Cuando por una razón válida el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
- No prohibición para contratar
- Relación de principales suministros (OSR)
a)Medios para acreditar la solvencia: Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el Importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Deberá acreditarse que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea al menos igual o superior a noventa mil quinientos veintisiete euros con treinta y seis céntimos (90.527,36 €), tomando como referencia el 70% del valor anual medio del contrato. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los códigos CPV de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos de la Comisión Europea al que corresponde el contrato, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). b)Concreción de los requisitos: Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado mediante una certificación del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la unidad competente.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (7)
- PDFAVISO SUSPENSIONPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDF9 PPt_0032_fe.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDF3 PCAP_0032_fe.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDF1 Res N1099 Desist fe.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 33195000
- Expediente55/S/25/SU/GE/A/0032
- Publicado28 nov 2025

