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Alcaldía del Ayuntamiento de Albarracín

Aragón

Ejecución de las obras de mejora y reparación de emergencia de depósitos de agua para consumo humano de Albarracín (Teruel).

Resumen del contrato

Ejecución de las obras de mejora y reparación de emergencia de depósitos de agua para consumo humano de Albarracín (Teruel).

⚖️

Criterios de Adjudicación

  • Proposición económica
    100%
📋

Requisitos y Solvencia

  • Requisito

    La solvencia técnica deberá ser acreditada según lo establecido en el artículo 88 de la LCSP, mediante la experiencia en la ejecución de al menos dos obras de carácter análogo a la obra que constituye el objeto del presente pliego. Esta relación deberá estar avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. En el caso de empresas de nueva creación se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del mismo precepto. De acuerdo con el artículo 69.3 de la LCSP, las personas o entidades que tengan la condición de empresarias, y que concurran agrupadas en uniones temporales quedarán obligadas solidariamente y deberán nombrar a un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. En el supuesto de que se recurriera a las capacidades de otras empresas conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP, el licitador que hubiera presentado la mejor oferta presentará a tal efecto compromiso por escrito suscrito entre dichas entidades que acredite que va a disponer de los recursos necesarios para la ejecución del contrato durante toda su duración. En el compromiso se hará constar expresamente que la entidad a la que se recurre responderá con carácter solidario de las obligaciones de la adjudicataria.

  • No prohibición para contratar
  • Volumen anual de negocios

    La solvencia económico-financiera se acreditará, de acuerdo con el artículo 87.1 a) de la LCSP mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, el cual deberá de ser al menos de 164.447,75 € (IVA excluido). La solvencia económica exigida se acreditará mediante: sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

  • Capacidad de obrar

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Documentación oficial adjunta (7)

  • PDF
    Anexo II.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    PCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Contrato BAUBLESA SL DEPOSITOS.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Anexo I.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Decreto Adjudicacion BAUBLESA SL.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    PPT.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Decreto de aprobación de pliegosPliegos y anexos oficiales
Presupuesto Base (Sin IVA)
164.448 €
Plazo de presentación
Plazo finalizado
Hasta el 23 jun 2025
  • EstadoAbierta
  • ProcedimientoAbierto
  • TipoObras
  • CategoríaCPV 45213260
  • Expediente554/2025
  • Publicado05 sept 2025
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