Alcaldía del Ayuntamiento de Galera
Andalucía
Obra de mejora y adecuación de la pavimentación de diversas calles del término municipal de Galera, financiada por Diputación Provincial de Granada, Subvención para Inversiones en Municipios y EELL Autónomas de la Provincia de Granada. Ejercicio 2025.
Resumen del contrato
Obra de mejora y adecuación de la pavimentación de diversas calles del término municipal de Galera, financiada por Diputación Provincial de Granada, Subvención para Inversiones en Municipios y EELL Autónomas de la Provincia de Granada. Ejercicio 2025.
Criterios de Adjudicación
- Ampliación del plazo de garantía40%
- Precio60%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse de la siguiente forma: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente, que deberá alcanzar, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo G o subgrupo 6, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Relación de principales suministros (OSR)
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación podrá acreditar su solvencia técnica de conformidad a lo dispuesto en el art. 88.2 de la LCSP. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo G o subgrupo 6, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
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Documentación oficial adjunta (9)
- PDFAnexo Modelo Declaracion Responsable.docPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento Formalizacion.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFResolucion Adjudicacion.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45233251
- Expediente558/2026
- Publicado05 jun 2026

