Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Huelva
Andalucía
Obras de acondicionamiento del campo de fútbol del Cristo Pobre de albero a césped artificial de la Barriada de la Navidad de Huelva.
Resumen del contrato
Obras de acondicionamiento del campo de fútbol del Cristo Pobre de albero a césped artificial de la Barriada de la Navidad de Huelva.
Criterios de Adjudicación
- Experiencia del Jefe de obra.10%
- Mejoras al proyecto15%
- Oferta económica más ventajosa60%
- Mejoras del plazo de garantía.15%
Requisitos y Solvencia
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Requisito
De conformidad con lo establecido en el art. 88 de la LCSP, la justificación de la solvencia técnica del empresario se acreditará mediante relación de los trabajos efectuados en el curso de los cinco (5) últimos años, correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a varios subgrupos, avalados por certificados de buena ejecución, debiendo ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Para celebrar el presente contrato, las personas empresarias deberán acreditar que disponen de la siguiente clasificación. GRUPO G – VIALES Y PISTAS SUBGRUPO 6 – OBRAS VIALES SIN CUALIFICACIÓN ESPECÍFICA. CATEGORÍA 3 (SUPERIOR A 360.000 €, E INFERIOR A 840.000 € (ANUALIDAD MEDIA
- No prohibición para contratar
- Consideraciones de tipo social
Se establece como mejora para la obra objeto del contrato, la existencia del recurso preventivo, que será nombrado por el contratista y no recaerá en la figura del encargado de obra. Será exigible a la persona nombrada como recurso preventivo, que sea técnico competente y tenga formación en prevención de riesgos laborales de nivel intermedio o superior.
- Volumen anual de negocios
La solvencia económico financiera se acreditará de conformidad el art.87 de la LCSP, debiendo disponer de un volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos de al menos una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Asimismo, acreditará su solvencia la siguiente clasificación: Clasificación del Contratista. GRUPO G – VIALES Y PISTAS SUBGRUPO 6 – OBRAS VIALES SIN CUALIFICACIÓN ESPECÍFICA. CATEGORÍA 3 (SUPERIOR A 360.000 €, E INFERIOR A 840.000 € (ANUALIDAD MEDIA)
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Documentación oficial adjunta (13)
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFACUERDO NUEVA AMPLIACION PLAZOPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFACUERDO ADJUDICACION JGL.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT DILIGENCIADO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCA DILIGENCIADO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFFORMATO.bc3Pliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFACUERDO AMPLIACION Pliegos y anexos oficiales
- PDFPROYECTO OBRA DILIGENCIADO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDecreto Plan de Seguridad y SaludPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45212210
- Expediente56/2025
- Publicado03 mar 2026

