Alcaldía del Ayuntamiento de Jalance
Valencia/València
Contratación de un servicio de gestoría y asesoría laboral para el Ayuntamiento de Jalance incluida Residencia Personas Mayores Dependientes San Blas.
Resumen del contrato
Contratación de un servicio de gestoría y asesoría laboral para el Ayuntamiento de Jalance incluida Residencia Personas Mayores Dependientes San Blas.
Criterios de Adjudicación
- Precio100%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
Clausula 8.2 2.1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será volumen anual de negocios del licitador, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, y de presentación de ofertas, por importe mínimo de, al menos, una vez y media el valor a la suma del valor anual medio del contrato. En este supuesto el valor medio del contrato ejercicio 2026 se considera: veinte mil ciento cuarenta y seis euros.-20.146,00€.- por tanto el importe mínimo a acreditar será un volumen superior a treinta mil doscientos diecinueve euros.-30.219,00€ Subsidiariamente, si por razones justificadas documentalmente el empresario no pudiera presentar la documentación acreditativa que se indica en el párrafo anterior, podrá acreditar su solvencia económica y financiera en base a la ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales. Dicha ratio será igual o superior a 1. Acreditación: El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de que el contrato no esté sujeto a regulación armonizada, podrá acreditarse mediante certificación bancaria que avale esta solvencia.. También podrá ser acreditado, mediante la cifra “Importe neto de la cifra de negocios” que conste en el Modelo 200 “Impuesto sobre sociedades”. También podrá acreditarse por el volumen de facturación declarado en el Modelo 390 IVA Declaración resumen anual. Todo ello referido al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles. También podrá acreditarse mediante certificación bancaria, póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales, cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Inscripción ROLECE a tenor de lo en él reflejado.
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Requisito
Clausula 8.2.2. El criterio para la acreditación de la solvencia técnica será la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los efectuados por el licitador en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, sea igual o superior al 70% del valor anual medio estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá al código CPV (tres primeros dígitos). La acreditación de que el licitador cuenta con experiencia demostrable en la ejecución de contratos similares es muestra de su nivel de solvencia profesional. En este supuesto el valor medio del contrato ejercicio 2026 se considera: veinte mil ciento cuarenta y seis euros.-20.146,00€.- por lo que el importe mínimo a acreditar será un volumen superior a: catorce mil ciento dos euros con veinte céntimos.-14.102,20€ En caso de empresas de nueva creación, entendiendo por tales las que tengan una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará mediante títulos académicos y profesionales de los responsables de la ejecución del contrato, acordes con el objeto de éste. Se han escogido estos criterios por considerarlos apropiados para conocer tanto la actividad previa de las empresas en el ámbito concreto a que se refiere el objeto contractual, como la adecuación de los productos concretos a los requisitos del pliego de prescripciones técnicas, razones por las que se consideran proporcionales y vinculados al objeto del contrato.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (6)
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPliego prescripciones tecnicas gestoria asesoria laboral.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego Clausulas Administrativas Particulares Gestoria.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 79200000
- Expediente608/2025
- Publicado07 ene 2026

