Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo
Castilla-La Mancha
Ejecución de obras de reforma y rehabilitación del campo de fútbol dedicado al bar y almacén de las instalaciones deportivas, sito en calle Menéndez Pelayo, nº 3.
Resumen del contrato
Ejecución de obras de reforma y rehabilitación del campo de fútbol dedicado al bar y almacén de las instalaciones deportivas, sito en calle Menéndez Pelayo, nº 3.
Criterios de Adjudicación
- PROPOSICIÓN ECONÓMICA80%
- Reducción de plazo de ejecución de las obras12%
- Ampliación del plazo de garantía. Hasta 8 puntos:8%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Requisito
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Requisito
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Requisito
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Consideraciones de tipo medioambiental
CLÁUSULA DECIMONOVENA. PCAP. Consideraciones de tipo medioambiental
- Capacidad de obrar
- Requisito
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Relación de principales suministros (OSR)
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por de la siguiente manera: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 169.869,95 euros. A los efectos del artículo 75 LCSP, se podrá acreditar la solvencia económico-financiera basándose en los medios de otra entidad, siempre que la empresa licitadora aporte escritura de responsabilidad solidaria entre ambas empresas para la ejecución del presente contrato. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
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Documentación oficial adjunta (11)
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO III.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO I.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFRESOLUCION ADJUDICACION CONTRATO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFCONTRATO FIRMADO POR AMBAS PARTES 24-11-25.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO II.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFPROYECTO BASICO Y DE EJECUCION.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMedición formato PRESTO Pliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45212000
- Expediente707/2023/1º
- Publicado24 nov 2025

