Pleno del Ayuntamiento de Yebes
Castilla-La Mancha
Concesión del servicio de Escuela Infantil Municipal.
Resumen del contrato
Concesión del servicio de Escuela Infantil Municipal.
Criterios de Adjudicación
- Baja porcentual de tarifas48%
- Proyecto pedagógico global del centro46%
- Ampliación del horario del servicio6%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
El volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato (CPV 801 únicamente), referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 537.411,33.- €. No se entenderá cumplido este requisito de solvencia, si el volumen anual de negocios va referido a actividades con código CPV distinto del 801, salvo que se acredite documentalmente el importe que corresponde a dicho código ante la Mesa de Contratación. Se acreditará por medio de cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en ese registro, o en caso contrario, las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Requisito
a) Una relación de los principales Contratos de gestión de Escuelas Infantiles o de prestación de dicho servicio (CPV 801) en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en su poder que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los certificados de buena ejecución indicarán el importe, las fechas y el objeto detallado del contrato y se precisará si se ejecutaron sin reserva. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a 250.791,95.-€. En caso de empresas de nueva creación, entendiendo por tales aquellas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará con: - Relación de títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. - Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
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Documentación oficial adjunta (14)
- PDFPliego T EI.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFCertificado acuerdo plenario.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorPliegos y anexos oficiales
- PDFRequerimiento para presentación de garantíaPliegos y anexos oficiales
- PDFContrato escuela infantil.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFEstudio de viabilidadPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPliego Administrativo EI.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoRestringido
- TipoConcesión de Servicios
- CategoríaCPV 80110000
- Expediente796/2024
- Publicado22 sept 2025

