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Alcaldía del Ayuntamiento de Cartaya

Andalucía

Servicio de producción técnica y organización del Festival Qartdanza, Expediente S-27/2026.

Resumen del contrato

Servicio de producción técnica y organización del Festival Qartdanza, Expediente S-27/2026.

⚖️

Criterios de Adjudicación

  • Participación del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adscrito al contrato en circuitos profesionales de danza
    10%
  • Conocimiento del idioma inglés del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adcrito al contrato
    5%
  • Experiencia del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adscrito al contrato en dirección o gestión de compañías de danza
    11%
  • Mejor oferta económica
    49%
  • Experiencia del Responsable Técnico o coordinador de los servicios en distribución de espectáculos de danza
    15%
  • Formación reglada específica en Danza del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adcrito al contrato
    10%
📋

Requisitos y Solvencia

  • Cumplimiento obligaciones Seg. Social

    Cumplimiento con las obligaciones tributarias

  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Relación de principales suministros (OSR)

    Las empresas acreditarán su solvencia técnica o profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres (3) últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos (art. 90.1. a) de la LCSP). Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente , cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los certificados aportados por los licitadores acreditativos de la realización de servicios de igual o similar naturaleza a los propios de este contrato deberán alcanzar un importe anual acumulado igual o superior a 5.319,16 € en el año de mayor ejecución de los tres (3) últimos ejercicios concluidos (70 % de la anualidad media del contrato. En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.

  • Volumen anual de negocios

    Las empresas deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, o bien el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 11.398,20 € (art. 87.1.a) de la LCSP). El volumen anual de negocios podrá acreditarse a través de los siguientes medios: • Certificado de la Cifra Anual de Negocios, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). • Certificación o asiento de presentación original del Registro Mercantil de depósito y contenido completo de sus cuentas anuales, si el empresario estuviera inscrito en este Registro, y en caso contrario mediante la Certificación o asiento de presentación de las cuentas anuales depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, debiendo ir acompañadas en ambos casos de las cuentas presentadas. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante Certificación Registral o asiento de presentación de sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.

  • No prohibición para contratar
  • Consideraciones de tipo social

    Ver Cláusula Decimoséptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).

  • Consideraciones de tipo medioambiental

    Ver Cláusula Decimoséptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).

  • Cumplimiento obligaciones tributarias

    Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

  • Parte a subcontratar

    Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Descubre si esta licitación encaja contigo

Documentación oficial adjunta (6)

  • PDF
    20260708_DECRETO_2234_Adjudicacion_Exp_S_27_2026.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Documento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    20260604_Pliego_Clausulas_Administrativas_Exp_S_27_2026.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    20260603_Pliego_Prescripciones_Tecnicas_Exp_S_27_2026.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Informe de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Memoria justificativaPliegos y anexos oficiales
Presupuesto Base (Sin IVA)
7599 €
Plazo de presentación
Plazo finalizado
Hasta el 30 jun 2026
  • EstadoAbierta
  • ProcedimientoAbierto simplificado
  • TipoServicios
  • CategoríaCPV 79953000
  • Expediente7981/2026
  • Publicado16 jun 2026
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