Concejal Responsable del Área de Régimen Interior, Recursos Humanos y Modernización Digital del Ayuntamiento de Huelva
Andalucía
Servicio de producción técnica y asistencia técnica de sonido, luminotecnia y audiovisuales para el complejo Casa Colón.
Resumen del contrato
Servicio de producción técnica y asistencia técnica de sonido, luminotecnia y audiovisuales para el complejo Casa Colón.
Criterios de Adjudicación
- Planes de formación a las personas trabajadoras10%
- Mejoras en la dotación técnica aportada por la empresa sin coste económico repercutido25%
- Oferta económica.65%
Requisitos y Solvencia
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Consideraciones de tipo medioambiental
Gestión eficiente del consumo de energía por parte de sus equipos eléctricos y electrónicos, principalmente elementos de iluminación. Para ello deberán implantarse fuentes luminosas de etiquetas energéticas clase A
- Requisito
De conformidad con lo establecido en el art.90 de la LCSP, la justificación de la solvencia técnica del empresario se acreditará mediante relación de los trabajos efectuados en el curso de los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, avalados por certificados expedidos o visados por el órgano competente, debiendo ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato.
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Volumen anual de negocios
Se acreditará de conformidad el art.87 de la LCSP, debiendo disponer de un volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen, de los tres últimos concluidos, de al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Requisito
De conformidad con lo establecido en el art.90 de la LCSP, la justificación de la solvencia técnica del empresario se acreditará mediante relación de los trabajos efectuados en el curso de los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, avalados por certificados expedidos o visados por el órgano competente, debiendo ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato.
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (14)
- PDFPCA.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFADJUDICACION.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFespd-request.zipPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFACUERDO PRORROGA Pliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 50000000
- Expediente82/2023
- Publicado18 nov 2025

