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Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra

Andalucía

suministro de conjunto de equipos electrónicos de comunicación para el Servicio Municipal de Prevención y Extinción de Incendios (C-2025/063)

Resumen del contrato

suministro de conjunto de equipos electrónicos de comunicación para el Servicio Municipal de Prevención y Extinción de Incendios (C-2025/063)

⚖️

Criterios de Adjudicación

  • Oferta económica
    100%
📋

Requisitos y Solvencia

  • Consideraciones de tipo social

    Según apartado 15 del Anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares

  • Requisito

    Dentro del plazo concedido al adjudicatario propuesto para la justificación de su capacidad y solvencia técnica y económica, deberá aportar muestras de los productos a suministrar que se ajuste a la documentación técnica aportada dentro de su proposición.

  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento obligaciones tributarias

    Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

  • Volumen anual de negocios

    Los licitadores deberán disponer de un volumen anual de negocios, que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos del 150 % del presupuesto de licitación. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará, en el supuesto de resultar propuesto adjudicatario, por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. No obstante, también podrá justificarse la citada solvencia económica o financiera, de acuerdo con la doctrina mantenida en la Resolución nº 635/2018 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales y la nº 173/2020, del Tribunal Administrativos de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, en interpretación del art. 86 LCSP, si no resulta posible a través de los documentos anteriores, o cuando se trate de una empresa de nueva creación por disponer de una antigüedad inferior a 5 años, mediante el compromiso de aportación de documentación alternativa, que el órgano de contratación considere suficiente). Con independencia de lo expuesto, cuando por una razón válida el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas anteriormente, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.

  • Cumplimiento obligaciones Seg. Social

    Cumplimiento con las obligaciones tributarias

  • Consideraciones de tipo medioambiental

    Según apartado 15 del Anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares

  • Relación de principales suministros (OSR)

    Deberán los licitadores haber ejecutado suministros o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, debiendo acreditar en cualquiera de ellos al menos un volumen ejecutado del 70 % del presupuesto de licitación. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) del art. 89 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar
  • Parte a subcontratar

    Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Descubre si esta licitación encaja contigo

Documentación oficial adjunta (15)

  • PDF
    requePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Modelo de declaración responsasble de capacidad y solvenciaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Modelo de oferta económicaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Convocatoria dPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Convocatoria segunda sesión Mesa de ContrataciónPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    PCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Contrato.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Memoria justificativaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Documento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acta del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    PPT.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Certificado adjudicacion.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    RequerimientoPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acta del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
Presupuesto Base (Sin IVA)
28.522 €
Plazo de presentación
Plazo finalizado
Hasta el 14 nov 2025
  • EstadoAbierta
  • ProcedimientoAbierto simplificado
  • TipoSuministros
  • CategoríaCPV 32570000
  • Expediente9574/2025
  • Publicado03 feb 2026
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