Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gójar
Andalucía
Prestación del Servicio de iluminación ornamental para para fiestas patronales y navideñas del municipio de Gójar.
Resumen del contrato
Prestación del Servicio de iluminación ornamental para para fiestas patronales y navideñas del municipio de Gójar.
Criterios de Adjudicación
- Oferta económicaN/A
- Memoria Técnica del ServicioN/A
- Mejora por aportación de arcos Led sin coste adicionalN/A
- Mejora por aportación sin coste adicional de motivo 3D no visitable en la iluminación navideñaN/A
Requisitos y Solvencia
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Requisito
La solvencia técnica o profesional del empresario de conformidad con el artículo 90.1.h) de la LCSP deberá apreciarse mediante una declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Teniendo en cuenta la actividad que constituye el objeto del contrato, el licitador deberá presentar los correspondientes certificados emitidos por la autoridad competente que acrediten su tenencia. En todo caso, y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, modificado por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, y su instrucción Técnica complementaria, las instalaciones eléctricas de baja tensión se ejecutarán por empresas instaladoras de baja tensión, habilitados para el ejercicio de la actividad. Para ello, la empresa adjudicataria deberá estar inscrita en el Registro de Empresas Instaladoras y Mantenedoras de Baja Tensión de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía o, comunidad autónoma de origen. Deberá acreditar ser Instalador Autorizado de Baja Tensión, con la categoría Básica y Especialista, carnet de instalador o de empresa instaladora para poder ejercer la actividad, así como la disponibilidad de técnicos competentes en la materia.
- Patrimonio neto
La solvencia económica y financiera del empresario de conformidad con el artículo 87.1.b) de la LCSP deberá acreditarse mediante la presentación de un justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valora estimado del contrato (151.640,00 euros).
- Cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Mundial del Trabajo
EL CONTRATISTA ESTÁ OBLIGADO AL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA LABORAL, DE SEGURIDAD SOCIAL, DE INTEGRACIÓN SOCIAL DE MINUSVÁLIDOS Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (12)
- PDFDecreto Avocación - Proposición Segundo ClasificadoPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFRequerimiento de Documentación AdicionalPliegos y anexos oficiales
- PDFComunicación de Requerimiento de DocumentaciónPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFCONTRATO 2025 0007 ILUMINACION ORNAMENTAL ODCP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP CONTRATO DE SERVICIO DE ILUMINACION ORNAMENTAL.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPPT CONTRATO DE SERVICIO DE ILUMINACION ORNAMENTAL.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFComunicación de Requerimiento de DocumentaciónPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 50232110
- Expediente990/2024
- Publicado15 sept 2025

