Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León
Castilla y León|Castilla y Leon
El objeto del presente contrato es la realización del III Plan Director de Promoción Industrial 2026-2030.
Resumen del contrato
El objeto del presente contrato es la realización del III Plan Director de Promoción Industrial 2026-2030.
Criterios de Adjudicación
- Oferta económica40%
- Metodología y Plan de Trabajo40%
- Experiencia de los medios personales que se adscribirán a la ejecución del contrato12%
- Mejoras8%
Requisitos y Solvencia
- Parte a subcontratar
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Relación de principales suministros (OSR)
De conformidad con lo dispuesto en el art. 90.1.a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 100.859,89 € Los servicios o trabajos mencionados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del licitador acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. La solvencia se entenderá acreditada cuando se hayan ejecutado trabajos cuyo objeto esté comprendido dentro de los tres primeros dígitos del código CPV 73220000-0 Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, conforme a lo previsto en el art. 90.4 de la LCSP, su solvencia técnica se acreditará por el medio a que se refiere el art. 90.1.e) de la LCSP. Se considerará cumplido el requisito cuando el director y los consultores asignados al contrato dispongan de alguno de los títulos universitarios oficiales incluidos en el Registro de Universidades, Centros y Titulaciones, siempre que se encuentren inscritos en alguno de los siguientes ámbitos de conocimiento recogidos en el Anexo I del Real Decreto 822/2021,de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad: -Ciencias económicas, administración y dirección de empresas, márquetin, comercio, contabilidad y turismo -Ciencias sociales, trabajo social, relaciones laborales y recursos humanos, sociología, ciencia política y relaciones internacionales -Derecho y especialidades jurídicas -Historia, arqueología, geografía, filosofía y humanidades -Ingeniería (ing.) eléctrica, ing. electrónica e ing. de la telecomunicación -Ing. industrial, ing. mecánica, ing. automática, ing. de la organización industrial e ing. de la navegación -Ing. informática y de sistemas -Ing. química, ing. de los materiales e ing. del medio natural -Matemáticas y estadística Se acreditará mediante los Títulos académicos.
- Consideraciones de tipo social
Incorpora clausulas sociales.
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Títulos académicos y profesionales
Declaración sobre personas con discapacidad
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos
Las obligaciones recogidas en las letras a) a e) del apartado 2 del art. 122 de la LCSP a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del art. 211 de la LCSP. Entre las citadas obligaciones se encuentra la condición especial de ejecución que hace referencia a la obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la UE en materia de protección de datos.
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- Volumen anual de negocios
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, deberá ser al menos 144.085,55 € El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Requisito
De conformidad con lo dispuesto en el art. 90.1.a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 100.859,89 € Los servicios o trabajos mencionados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del licitador acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. La solvencia se entenderá acreditada cuando se hayan ejecutado trabajos cuyo objeto esté comprendido dentro de los tres primeros dígitos del código CPV 73220000-0 Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, conforme a lo previsto en el art. 90.4 de la LCSP, su solvencia técnica se acreditará por el medio a que se refiere el art. 90.1.e) de la LCSP. Se considerará cumplido el requisito cuando el director y los consultores asignados al contrato dispongan de alguno de los títulos universitarios oficiales incluidos en el Registro de Universidades, Centros y Titulaciones, siempre que se encuentren inscritos en alguno de los siguientes ámbitos de conocimiento recogidos en el Anexo I del Real Decreto 822/2021,de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad: -Ciencias económicas, administración y dirección de empresas, márquetin, comercio, contabilidad y turismo -Ciencias sociales, trabajo social, relaciones laborales y recursos humanos, sociología, ciencia política y relaciones internacionales -Derecho y especialidades jurídicas -Historia, arqueología, geografía, filosofía y humanidades -Ingeniería (ing.) eléctrica, ing. electrónica e ing. de la telecomunicación -Ing. industrial, ing. mecánica, ing. automática, ing. de la organización industrial e ing. de la navegación -Ing. informática y de sistemas -Ing. química, ing. de los materiales e ing. del medio natural -Matemáticas y estadística Se acreditará mediante los Títulos académicos.
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Documentación oficial adjunta (21)
- PDFJustificación de elección de procedimientoPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorPliegos y anexos oficiales
- PDFOrden Resolucion adjudicacion v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de valoración de los criteios de adjudicación cuantificables mediante fórmulas matemáticasPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego de clausulas administrativas particulares - PCAP v003.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo II b Modelo oferta economica.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego prescripciones tecnicas - PPT v003.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo II a Modelo DR multiple.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 73220000
- ExpedienteA2026/000842
- Publicado10 jun 2026

