Dirección Provincial de Educación en Valladolid
Castilla y León
Sustitución cubierta de amianto en el CFIE de Valladolid
Resumen del contrato
Sustitución cubierta de amianto en el CFIE de Valladolid
Criterios de Adjudicación
- AUMENTO DEL PLAZO DE GARANTÍA24%
- SEGURIDAD CON LOS USUARIOS6%
- PRECIO OFERTADO70%
Requisitos y Solvencia
- Títulos académicos y profesionales
Declaración sobre personas con discapacidad
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Consideraciones de tipo medioambiental
En condiciones especiales de ejecución.
- Volumen anual de negocios
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 320.701,10 € (una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año). Acreditación: Declaración responsable sobre el volumen anual de negocios.
- Requisito
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Valor mínimo exigido: Las obras ejecutadas deberán ser del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato: 181.089,22 € En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante declaración responsable con indicación del personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras. Acreditación: Declaración responsable sobre la relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, se acreditará mediante declaración responsable con indicación del personal técnico u organismos técnicos de los que esta disponga para la ejecución de las obras.
- Parte a subcontratar
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Consideraciones de tipo social
Incorpora clausulas sociales.
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- Relación de principales suministros (OSR)
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Valor mínimo exigido: Las obras ejecutadas deberán ser del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato: 181.089,22 € En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante declaración responsable con indicación del personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras. Acreditación: Declaración responsable sobre la relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, se acreditará mediante declaración responsable con indicación del personal técnico u organismos técnicos de los que esta disponga para la ejecución de las obras.
- Capacidad de obrar
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (13)
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPBE SUSTITUCION CUB CFIE - 01 MEMORIAS_signed v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPBE SUSTITUCION CUB CFIE - 04 PLIEGO_signed v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPBE SUSTITUCION CUB CFIE - 03 ANEXOS_signed v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego de clausulas administrativas particulares - PCAP v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFJustificación de elección de procedimientoPliegos y anexos oficiales
- PDFPBE SUSTITUCION CUB CFIE - 05 PLANOS_signed v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFCuestionario Estadistico - CFIE VALLADOLID_signed v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFPBE SUSTITUCION CUB CFIE - 02 MEDICIONES Y PPTO_signed v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- PDFOrden Resolucion desistimiento renuncia desierto v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45262660
- ExpedienteA2026/003165
- Publicado12 may 2026

