Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Villaviciosa
Asturias
“Programa integral destinado a combatir la Soledad No Deseada en la población de Villaviciosa”
Resumen del contrato
“Programa integral destinado a combatir la Soledad No Deseada en la población de Villaviciosa”
Criterios de Adjudicación
- Calidad del personal40%
- Oferta económica20%
- Memoria40%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
De conformidad con lo establecido en el art. 90 de la LCSP, la justificación de la solvencia técnica del empresario se acreditará a través de: a) Criterio de experiencia: Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años. Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye objeto del contrato se acudirá a los códigos CPV y su importe anual íntegro o acumulado alcanzase al menos valor estimado ANUAL del contrato que se licita - Modo de acreditación: Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando eldestinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en su poder que acrediten haber realizado la prestación. Empresas nueva creación (contratos no sara) Aquellas empresas de nueva creación (menos de 5 años de experiencia) podrán acreditar su solvencia, bien a través del criterio de experiencia al que hace referencia el apartado a) anterior, o bien a través de sus Medios personales, para los que como mínimo la empresa deberá contar en su plantilla con: - Un responsable o coordinador titulado Universitario en Psicología, Pedagogía o Trabajo y Educación Social. - Un profesional con titulación en alguno de los siguientes ciclos formativos de Servicios Socioculturales y a la Comunidad o superior (grado universitario): Técnico Superior en Integración Social, Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística, Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia y Técnico Superior en Mediación Comunicativa. También con titulación en ciclos formativos o grado oficial en interpretación y/o artes escénicas. - Modo de acreditación: identificación de los trabajadores, sus respectivos contratos y documentos de alta en la Seguridad Social que acrediten su pertenencia de la empresa.
- Volumen anual de negocios
Se podrá acreditar alternativamente por uno de los siguientes medios: a) Disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior a DOSCIENTOS MIL euros (200.000,00 €) aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. - Modo de acreditación: Mediante el correspondiente certificado de seguro, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles cuando sea requerido al efecto. En el certificado de seguro expedido por el asegurador o, en su caso, en el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación, constarán los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro. b) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado anual medio del contrato - Modo de acreditación: Se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil
- Patrimonio neto
Se podrá acreditar alternativamente por uno de los siguientes medios: a) Disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior a DOSCIENTOS MIL euros (200.000,00 €) aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. - Modo de acreditación: Mediante el correspondiente certificado de seguro, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles cuando sea requerido al efecto. En el certificado de seguro expedido por el asegurador o, en su caso, en el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación, constarán los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro. b) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado anual medio del contrato - Modo de acreditación: Se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil
- Consideraciones de tipo medioambiental
ver PCAP
- Consideraciones de tipo social
ver PCAP
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Relación de principales suministros (OSR)
De conformidad con lo establecido en el art. 90 de la LCSP, la justificación de la solvencia técnica del empresario se acreditará a través de: a) Criterio de experiencia: Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años. Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye objeto del contrato se acudirá a los códigos CPV y su importe anual íntegro o acumulado alcanzase al menos valor estimado ANUAL del contrato que se licita - Modo de acreditación: Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando eldestinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en su poder que acrediten haber realizado la prestación. Empresas nueva creación (contratos no sara) Aquellas empresas de nueva creación (menos de 5 años de experiencia) podrán acreditar su solvencia, bien a través del criterio de experiencia al que hace referencia el apartado a) anterior, o bien a través de sus Medios personales, para los que como mínimo la empresa deberá contar en su plantilla con: - Un responsable o coordinador titulado Universitario en Psicología, Pedagogía o Trabajo y Educación Social. - Un profesional con titulación en alguno de los siguientes ciclos formativos de Servicios Socioculturales y a la Comunidad o superior (grado universitario): Técnico Superior en Integración Social, Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística, Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia y Técnico Superior en Mediación Comunicativa. También con titulación en ciclos formativos o grado oficial en interpretación y/o artes escénicas. - Modo de acreditación: identificación de los trabajadores, sus respectivos contratos y documentos de alta en la Seguridad Social que acrediten su pertenencia de la empresa.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (13)
- PDFConvocatoria mesa 1Pliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFConvocatoria mesa 2Pliegos y anexos oficiales
- PDFDiligencia de acuerdo adjudicacion.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFConvocatoria mesa 3Pliegos y anexos oficiales
- PDFPPT.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme valoracion criterios subjetivosPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa mesa 1Pliegos y anexos oficiales
- PDFActa mesa 3Pliegos y anexos oficiales
- PDFActa mesa 2Pliegos y anexos oficiales
- PDFContrato administrativo P Soledad - SEFYCU 165698.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 85311100
- ExpedienteCON/2025/25
- Publicado15 jun 2026

