Dirección General de Planificación Económica
Extremadura
Adquisición de 86.600 dosis de la vacuna antigripal intranasal para el Programa de Inmunizaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siguiendo el procedimiento Negociado sin Publicidad previsto en el artículo 168 a) 2º, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.
Resumen del contrato
Adquisición de 86.600 dosis de la vacuna antigripal intranasal para el Programa de Inmunizaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siguiendo el procedimiento Negociado sin Publicidad previsto en el artículo 168 a) 2º, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.
Criterios de Adjudicación
- Evaluación de la oferta económica80%
- Dosis sin cargo20%
Requisitos y Solvencia
- Capacidad de obrar
- Relación de principales suministros (OSR)
- Artículo 89 de la LCSP, apartado: 1.a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se entenderá de igual o similar naturaleza los que se correspondan con los tres primeros dígitos del CPV (336) señalado para el objeto del contrato que se señala en el Cuadro Resumen de Características del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser del 100 por 100 del valor estimado: 1.924.598,40 €. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
- Volumen anual de negocios
Artículo 87 de la LCSP, apartado: 1.a): Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual al valor estimado del contrato.: 1.924.598,40 € El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
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Documentación oficial adjunta (8)
- PDFANEXO III.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO VII.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP VACUNA GRIPE INTRANASAL.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO IV.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO VIII.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT VACUNA INTRANASAL.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO VI.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO II.docxPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoNegociado sin publicidad
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 33651660
- ExpedienteCS/99/1126041958/26/PNSP
- Publicado26 ago 2026

