Gerencia de la Fundación Tutelar Canaria para la Acción Social, M.P. (FuCAS)
Canarias
Asesoramiento psicológico y coaching laboral para el personal de la Fundación Tutelar Canaria para la Acción Social, M.P.
Resumen del contrato
Asesoramiento psicológico y coaching laboral para el personal de la Fundación Tutelar Canaria para la Acción Social, M.P.
Criterios de Adjudicación
- EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL CONSULTOR EN ENTIDADES DE MÁS DE 100 EMPLEADOS.30%
- OFERTA ECONÓMICA40%
- CUALIFICACIÓN ACREDITADA DE LOS PROFESIONALES EN: NEUROCIENCIA APLICADA AL LIDERAZGO, LIDERAZGO EMOCIONAL, EXPERIENCIA EN PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA ORGANIZACIONAL, PROGRAMACIÓN NEUROLINGÜÍSTICA (PNL), CAMBIO CULTURAL Y ORGANIZACIONES TEAL30%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
Se acreditará del modo siguiente: - El licitador deberá acreditar un volumen anual de negocios, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2024, 2023 y 2022) en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, deberá ser igual o superior a la anualidad media del contrato sin IGIC del contrato, es decir: 28.070,00 €. Forma de acreditación: El licitador deberá presentar una declaración firmada por el representante legal de la empresa con la cifra del volumen anual de negocios de cada uno de los tres ejercicios.
- Requisito
Deberá acreditarse a través de los siguientes medios: - una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. Forma de acreditación: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (3 últimos años) será de un importe igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos del código CPV que se indica en la cláusula 1 de este pliego (851), es decir, importe mínimo a acreditar: 40.100,00 €. Cuando el contratista sea un centro de nueva creación, entendiendo por tal aquél que tenga una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica se acreditará de la forma siguiente (art.90.4 de la LCSP)
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (3)
- PDFPPT ASESORAMIENTO PSICOLOGICO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP ASESORAMIENTO PSICOLOGICO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFACUERDO.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 85121270
- ExpedienteFUCAS/25/2025
- Publicado02 mar 2026

