Comité de Contratación del Instituto de Crédito Oficial (ICO)
España
Servicio de formalización de las operaciones de financiación que suscriba el ICO
Resumen del contrato
Servicio de formalización de las operaciones de financiación que suscriba el ICO
Criterios de Adjudicación
- Incremento del equipo mínimo requerido15%
- Oferta económica70%
- Compromiso de disponibilidad15%
Requisitos y Solvencia
- Capacidad de obrar
- Requisito
DEUC Para la correcta ejecución del contrato, el licitador debe cumplir con los requisitos mínimos indicados a continuación en cuanto al equipo de trabajo y sus perfiles de acuerdo al apartado 8.6.2. del Pliego de Condiciones Generales: - Al menos dos (2) Profesionales de la abogacía en ejercicio, licenciados/as o Titulados/as de Grado Universitario en Derecho, que disponga del título habilitante para ejercer la abogacía y se encuentren colegiados en un colegio de abogados nacional y con experiencia de, al menos, tres (3) años en el ejercicio de la abogacía, en la interposición de recursos, así como en la prestación de servicios jurídicos, de documentación, fiscales, de asesoramiento tributario o de preparación de declaraciones de impuestos. - Al menos tres (3) Licenciados/as o Titulados/as de Grado Universitario en la rama de Ciencias Jurídicas o Económicas y con experiencia de, al menos, tres (3) años en la prestación de servicios jurídicos, de documentación, fiscales, de asesoramiento tributario o servicios de preparación de declaraciones de impuestos. - Al menos dos (2) Administrativos/as Oficial de 1ª con experiencia de, al menos, tres (3) años en los servicios detallados en el punto anterior.
- Consideraciones de tipo social
La empresa contratista está obligada al cumplimiento del Convenio Sectorial, considerándose este requisito como condición especial de ejecución de acuerdo con el artículo 202 de la LCSP.
- Volumen anual de negocios
DEUC. Los licitadores deberán acreditar la solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a una vez y media (1,5x) el valor estimado del contrato anualizado (768.321,75 euros). Las empresas de nueva creación podrán acreditar su solvencia económica y financiera de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la LCSP.
- Relación de principales suministros (OSR)
DEUC. Los licitadores deberán acreditar la solvencia técnica y profesional facilitando una relación de cien (100) servicios de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres (3) últimos años, en el que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se consideran servicios de similar naturaleza los que constituyen el objeto del contrato: aquellos servicios, prestados a entidades de crédito, de tramitación de documentos de financiación, notariales, formalización de operaciones financieras y de gestoría a nivel nacional. Tendrán consideración de entidades de crédito las previstas en el artículo 1 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (3)
- PDFPCG FORMALIZACION OPERACIONES.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT FORMALIZACION OPERACIONES.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria FORMALIZACION OPERACIONES.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 79420000
- ExpedienteICO_2025_39
- Publicado07 nov 2025

