Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.
Canarias
Servicio de lavandería y tintorería externa para los centros ubicados en Gran Canaria de Hoteles Escuela de Canarias, S.A. (HECANSA)
Resumen del contrato
Servicio de lavandería y tintorería externa para los centros ubicados en Gran Canaria de Hoteles Escuela de Canarias, S.A. (HECANSA)
Criterios de Adjudicación
- Precio80%
- Detergente/s adscrito/s al contrato con etiqueta ecológica10%
- Reducción del plazo de servicios de carácter de urgente10%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
Empresas que no sean de nueva creación: Declaración indicando la maquinaria, material, instalaciones y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. En la declaración se deberá especificar los procesos de limpieza de la ropa, con indicación de los productos utilizados, incluyendo la marca comercial y ficha técnica de los mismos, así como las condiciones de tiempo, programa, dosificación de producto y temperatura de lavado. También se deberá aportar mediante soporte gráfico o aportación de protocolos, la utilización de túneles de lavado. Cuando la entidad licitadora sea una empresa de nueva creación: Entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica o profesional se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del apartado 1 del artículo 90 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. Por lo que las empresas de nueva creación deberán presentar una declaración indicando la maquinaria, material, instalaciones y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
- Capacidad de obrar
- Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios –referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos (2022, 2023 y 2024)-, fijándose como mínimo una vez y media del valor estimado anual del contrato, que se concreta en 129.806,03 €. El volumen anual de negocio del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en el caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocio mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 letra a) de la LCSP/2017, se justifica la determinación de este requisito de solvencia para así verificar que el licitador cuenta con los suficientes bienes y recursos para respaldar el cumplimiento de las obligaciones que derivan del contrato, y que se determinan en el objeto de el mismo, entendiéndose razonable y conforme a derecho el umbral mínimo exigido.
- Consideraciones de tipo social
De conformidad con lo establecido en el PCAP.
- No prohibición para contratar
- Relación de principales suministros (OSR)
Empresas que no sean de nueva creación: Relación de los principales contratos de servicio realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años (2023, 2024 y 2025). Los servicios realizados conforme a lo exigido anteriormente deberán alcanzar un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución que sea igual o superior al 70 % de la anualidad media del contrato, que se concreta en 60.576,15 €. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o declaración responsable expedido por el licitador en el cual se exprese los servicios realizados, el año de ejecución y el importe sin IGIC; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario en el cual se exprese los servicios realizados, el año de ejecución y el importe sin IGIC; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
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Documentación oficial adjunta (15)
- PDFPPTP PA 005 2026 LAVANDERIA.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO V SUBCONTRATACION.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO III SOLVENCIA EXTERNA.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP PA 005 2026 LAVANDERIA.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF6889202607130831_CONTRATO_LAVANDERIA_GC_signed.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO VI OFERTA.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO I ELEMENTOS.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDF8480202606161330_ACUERDO_DE_ADJUDICACION.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO IV UTE.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFOFERTA.xlsxPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO II DECLARACION RESPONSABLE.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 98312000
- ExpedientePA 005_2026
- Publicado20 may 2026

