Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid
Comunidad de Madrid
Suministro e Instalación de una Plataforma de Secuenciación NGS por Nanoporo para la Universidad Complutense de Madrid
Resumen del contrato
Suministro e Instalación de una Plataforma de Secuenciación NGS por Nanoporo para la Universidad Complutense de Madrid
Criterios de Adjudicación
- Extensión del plazo de garantía22%
- Precio60%
- Tipo de respuesta en averías6%
- Criterio medioambiental6%
- Espacio para el equipamiento6%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
Solvencia Económica o Financiera. Según lo establecido en el punto 5 de la carátula del PCAP. Los licitadores deberán acreditar un volumen anual de negocios en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a: 109.282,00 euros. El volumen anual de negocio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el e mpresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Dicha cifra se calculará en proporción a la fecha de inicio de la actividad cuando, por dicho motivo, no se pudieran acreditar los tres últimos ejercicios.
- Capacidad de obrar
- Relación de principales suministros (OSR)
Solvencia Técnica o Profesional: según lo establecido en el apartado 5 de la carátula del PCAP. Los licitadores acreditarán su solvencia técnica mediante la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato para cada lote (art. 89.3 LCSP). La acreditación se realizará mediante certificados expedidos por los destinatarios, facturas o cualquier documento en el que se acredite la naturaleza de los suministros realizados y los importes. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios siguientes: • Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Se entenderá acreditada la solvencia cuando la plantilla haya permanecido estable o haya aumentado.
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Documentación oficial adjunta (15)
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFResolución de exclusiónPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO IX.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego de Prescripciones Tecnicas.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO VIII.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO V.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO I 2025_000283.docxPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 38970000
- ExpedienteS-AS/2025/000283
- Publicado10 oct 2025

