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Servicio de asistencia técnica de microinformática para la Universidad de Alicante
Resumen del contrato
Servicio de asistencia técnica de microinformática para la Universidad de Alicante
Criterios de Adjudicación
- 2. Ampliación en una hora (de las 20:00 a las 21:00 horas) del horario de prestación del servicio.5%
- 1. Precio95%
Requisitos y Solvencia
- Relación de principales suministros (OSR)
Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución Criterios: Relación de los principales servicios o trabajos efectuados en los tres últimos años concluidos, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (187.533,03 €). Se acreditará mediante: Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación
- Capacidad de obrar
- Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Criterios: Volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, cuyo importe deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato* (401.856,49 €), al tratarse de un contrato de duración superior al año. * En cuanto al método de cálculo de la anualidad media del contrato, el apartado seis del artículo 36 del RD 1098/2001 establece que se obtendrá dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante. Se acreditará mediante: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrita. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por Registro Mercantil.
- Consideraciones de tipo medioambiental
Cualquier material que pueda ser utilizado por los técnicos en la ejecución del contrato deberá ser reciclable.
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Documentación oficial adjunta (1)
- PDF10 RESOLUCION PRORROGA SE0062024.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 72267100
- ExpedienteSE0062024 PRÓRROGA 1-2026
- Publicado29 jun 2026

