Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid
Comunidad de Madrid
Servicios reclutamiento y aplicación de pruebas de evaluación de adolescentes
Resumen del contrato
Servicios reclutamiento y aplicación de pruebas de evaluación de adolescentes
Criterios de Adjudicación
- Experiencia profesional10%
- Publicaciones5%
- Precio55%
- Cualificación y formación profesional15%
- Proyecto de trabajo15%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
Solvencia económica y financiera. Art 87 Los licitadores deberán acreditar un volumen anual de negocios en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 30.315,79 € El volumen anual de negocio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Dicha cifra se calculará en proporción a la fecha de inicio de la actividad cuando, por dicho motivo, no se pudieran acreditar los tres últimos ejercicios.
- Relación de principales suministros (OSR)
Los licitadores acreditarán su solvencia técnica mediante la relación de los principales trabajos efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 21.220,99 € La acreditación se realizará mediante certificados expedidos por los destinatarios, facturas o cualquier documento en el que se acredite la naturaleza de los trabajos realizados y los importes. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refiere las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a) de estos artículos, relativo a la ejecución de un número determinado de servicios
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (12)
- PDFInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorPliegos y anexos oficiales
- PDFinforme AJ desistimiento unilateralPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO V.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego de Prescripciones Tecnicas.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo I.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFresolucion desistimientoPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDF18 VAS 2025 000098.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 72313000
- ExpedienteV-AS/2025/000098
- Publicado10 dic 2025

