Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero
Comunidad de Madrid|Madrid
Contrato de concesión de servicio de peluquería en el Centro Municipal de la Tercera Edad "Casimiro Arenas Molina" de Navalcarnero (Madrid)
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Resumen del contrato
Contrato de concesión de servicio de peluquería en el Centro Municipal de la Tercera Edad "Casimiro Arenas Molina" de Navalcarnero (Madrid)
Criterios de Adjudicación
- Cartilla de Fidelidad10%
- Mejoras de Inversión Mobiliario y/o enseres40%
- Memoria descriptiva de la gestión de los servicios a prestar.20%
- Propuesta económica30%
Requisitos y Solvencia
- Relación de principales suministros (OSR)
VER APARTADO 8.1.B. del ANEXO I DEL PCAP. d.2) Documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional, de conformidad con el Artículo 90.1 de la LCSP y 11.4.b del RGLCAP: •El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. •Requisitos mínimos de solvencia técnica o profesional: Se deberá acreditar experiencia profesional, no inferior a un año, dentro de los últimos cuatro años que deberá ser acreditada mediante Curriculum Vitae, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 7.1 del PPT. •Medio de acreditación: -Curriculum Vitae del profesional responsable de la prestación del servicio. Empresas de nueva creación: Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refieren las letras b), e) y h) del Artículo 90 de la LCSP, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 90.4 de la LCSP.
- Consideraciones de tipo social
-Favorecer la formación en el lugar de trabajo. -Servicio de peluquería y tratamiento de belleza destinado a personas mayores. -Asimismo, resultan de aplicación las Cláusulas sociales y condiciones especiales para la ejecución del contrato establecidas en la Cláusula 11 del PPT.
- Patrimonio neto
VER APARTADO 8.1.a del ANEXO I DEL PCAP. d.1) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, de conformidad con el Artículo 87.1.b de la LCSP y 11.4.a del RGLCAP: •El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de 300.000 €. •Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera: De conformidad con la Cláusula 4 del PPT: “La entidad adjudicataria deberá contar con un seguro de responsabilidad civil, por un importe mínimo de 300.000€” •Medio de acreditación: Copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil en los términos indicados y recibo de pago, o certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro.
Documentación oficial adjunta (10)
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFEstudio de ViabilidadPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDF024CONSER26-PCAP ANEXOS DILIG.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDF024CONSER26-PPT DILIG.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF024CONSER26-PCAP DILIG.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoConcesión de Servicios
- CategoríaCPV 98320000
- Expediente024CONSER26
- Publicado03 jul 2026

