Pleno del Ayuntamiento de Cala
Andalucía
El presente Pliego tiene por objeto establecer las cláusulas administrativas particulares del arrendamiento de un inmueble municipal destinado a SALA DE DUELOS, situado en Calle Arroyomolinos, 7 del Polígono Industrial Juan del Cid Calonge, con la dotación, equipamiento y mobiliario que se especifica en el Pliego de Prescripciones Técnicas
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Resumen del contrato
El presente Pliego tiene por objeto establecer las cláusulas administrativas particulares del arrendamiento de un inmueble municipal destinado a SALA DE DUELOS, situado en Calle Arroyomolinos, 7 del Polígono Industrial Juan del Cid Calonge, con la dotación, equipamiento y mobiliario que se especifica en el Pliego de Prescripciones Técnicas
Criterios de Adjudicación
- OFERTA ECONÓMICA ( hasta 25 puntos )25%
- CRITERIO RENTABILIDAD SOCIAL ( 15 puntos )15%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Consideraciones de tipo medioambiental
el adjudicatario estará obligado a realizar recogida selectiva de residuos generados durante la ejecución del contrato
- Capacidad de obrar
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse según el articulo 91 de la LCSP, para este tipo de contrato, por uno o varios de los medios indicados en el articulo 90 de la LCSP, teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por el siguiente medio: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La acreditación de la solvencia técnica o profesional mínima exigida vendrá constituida por la ejecución de un conjunto de trabajos del mismo tipo que el objeto de contrato y que supongan un importe acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, en el presente caso se establece un mínimo de 40.000,00 €.
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos
Sometimiento a la normativa establecida al efecto
- Volumen anual de negocios
a solvencia económica y financiera de las empresas que presenten oferta deberá acreditarse por uno o varios de los medios indicados en el articulo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico. En este caso, dadas las características del contrato, la solvencia económica y financiera deberá de acreditarse por el medio siguiente: Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario/a y de presentación de las ofertas por importe igual como máximo a una vez y media al valor estimado del contrato, en el presente caso y teniendo en cuenta el objeto del contrato y la proporcionalidad, se establece en 150.000,00 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Además, será necesario presentar un compromiso de suscripción de seguro que cubra el siniestro de los inmuebles e instalaciones puestas a disposición del adjudicatario para la gestión del servicio y de responsabilidad civil por los daños que puedan sufrir cualesquiera personas, en sí mismas o en sus bienes, y que deriven del funcionamiento del Tanatorio y de sus instalaciones, y por los daños que puedan causar a las personas y a los bienes de terceros, el adjudicatario o sus empleados, con unas coberturas mínimas de 300.000 euros por siniestro, con un sublímite mínimo, por víctima, de 100.000 euros. La suscripción de este contrato deberá acreditarse documentalmente mediante la presentación de la póliza y la justificación del abono de la prima correspondiente o certificación de la entidad aseguradora en la que figure el plazo de vigencia y las coberturas exigidas, con anterioridad a la adjudicación del contrato
Documentación oficial adjunta (6)
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT SALA DE DUELOS.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP SALA DE DUELOS.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXOS PCAP SALA DE DUELOS .pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFRESOLUCION ADJUDICACION Pliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoConcesión de Servicios
- CategoríaCPV 98370000
- Expediente06/2026
- Publicado17 jul 2026

