Alcaldía del Ayuntamiento de Albarracín
Teruel
Contratación del servicio de asesoramiento técnico urbanístico en el Ayuntamiento de Albarracín.
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Resumen del contrato
Contratación del servicio de asesoramiento técnico urbanístico en el Ayuntamiento de Albarracín.
Criterios de Adjudicación
- OFERTA ECONÓMICA30%
- Equipo de trabajo60%
- Disponibilidad del licitador10%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse por los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los diez últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. Para el correcto desarrollo de la asistencia técnica, que abarque todas las áreas competenciales de Ayuntamiento, se deberá contar con un arquitecto superior, un arquitecto técnico y un ingeniero de caminos, canales y puertos.
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por los medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 140.000,00 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales que cubra los riesgos profesionales por importe igual o superior a 100.000,00 euros.
- Capacidad de obrar
Documentación oficial adjunta (6)
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo III.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego Prescripciones Tecnicas.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo II.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego Clausulas Administrativas Particulares.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 71410000
- Expediente1045/2025
- Publicado19 ene 2026

