Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria
Castilla y León|Castilla y Leon
Servicio de seguro sobre la flota de vehículos del Ayuntamiento de Soria
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Resumen del contrato
Servicio de seguro sobre la flota de vehículos del Ayuntamiento de Soria
Criterios de Adjudicación
- Al precio más bajo100%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Requisito
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse mediante una relación las principales pólizas de seguros de flota similares al objeto del contrato en el ámbito del automóvil, en el curso de los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 50.000 euros. En la referida relación de servicios o trabajos realizados se indicará el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia de los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
- Requisito
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse según lo establecido en el artículo 87.1 a) LCSP mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual exigido será de 50.000 € y referido al objeto del contrato. Este requisito se acreditará por medio de sus cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados, en su caso por el Registro Mercantil.
Documentación oficial adjunta (2)
- PDFPCAP SEGUROS VEHICULOS.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT SEGUROS VEHICULOS.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 66514110
- Expediente10825/2026
- Publicado06 jul 2026

